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 #348200  por ANDYLO
 
HOLA,
NECESITO DE SU VALIOSA AYUDA, EN EL AÑO 2007 PATROCINE A UNA SRA EN UN EXPTE POR ALIMENTOS, LA SRA LLEGO HASTA LA AUDIENCIA CONCILIATORIA, Y ANTE LA AUSENCIA DEL ALIMENTANTE DECIDIO NO SEGUIR ADELANTE, ENTONCES ME REGULARON LOS HONORARIOS EN $150 DE MANERA PROVISORIA. (08/5/2008) HASTA LA FECHA EL ALIMENTANTE HIZO CASO OMISO A LAS CEDULAS (QUE FUERON DEJADAS BAJO LA PUERTA DE SU DOMICILIO, POR EL PERSONAL DE UJIERIA). PARA INICIAR LA EJECUCION DE HONORARIOS:
1 ¿ESTE MONTO ES SUFICIENTE?
2 ¿CORREN INTERESES A MI FAVOR? ¿SON LOS INTERESES LEGALES DE 1,5% MENSUAL?
3 ¿pUEDE PATROCINARME MI HNA (TAMB ABOGADA)?
4 ¿ES CORRECTO QUE PIDA LA EJECUCION POR VIA DE DESGLOSE O DEBO ESPERAR QUE EL JUEZ LO ORDENE? EN ESE CASO VA CONEXO VERDAD?. GRACIAS COLEGAS
 #348234  por docthos
 
porque te van a patrocinar, hacelo por derecho propio!!!

tenes que pedir por incidente o en el ppal si es po incidente va por recptoria al menos aca en la plata, en cuanto al monto se le suman intereses fijate en la ley de honorarios que podes elegir cual aplicar, saludos-!