yanivl escribió:Hola, les comento que tengo un cliente a quien debo hacer TCL y me comenta que le da terror la idea de presentarse en caso de que lo intimen por el tema de abandono de trabajo. La pregunta es, ¿Puedo hacer abstenciòn de tareas hasta tanto se aclare la situacion laboral? Y en caso de ser positivo, de dònde surge?, ya que sinceramente no lo he encontrado.
Agradezco desde ya a todos
Yanivl,
No queda claro si tu intimación va ser solo por que ACLARE LA SITUACION LABORAL o si ademas intimas por debida registración, diferencias, etc.....
En el caso que estes intimando por falta registración, diferencias, etc... podes plantear que hasta tando no den cumplimiento con las intimaciones la retención de tareas. Por ej, podrías poner algo así:
...Hágole saber que hasta tanto no de cumplimiento con las intimaciones precedentes, en uso de la excepción de incumplimiento contractual, hago retención de tareas (Art 1201 C.Civil).-
La abstención de trabajar mientras dure la falta de registración de la relación laboral, no constituye una indisciplina del trabajador sino el ejercicio de una potestad especial de autotutela que le reconoce el ordenamiento jurídico -art. 1201 del Cód. Civil-. La omisión de prestar los servicios en este caso no puede erigirse en ilícito alguno en tanto no es más que el ejercicio regular de un derecho que le es propio (cfr. arg. art. 1071 del Código Civil). Toq. 1215.
Rodriguez Brunengo. Ferreiros.
24.423/04 Pignataro, María Paula c/ Canadian Lline Argentina S.A. y otros s/ despido. 26/10/06
SD. 39.668.
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO.
Sala VII.
***Ahora, si solo solicitas un ACLARE SITUACION LABORAL, yo no haría abstención de tareas.-
De todas formas, espera otras opiniones al respecto.- saludos.-