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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #34711  por rubyport
 
Esta persona fallecio el 02-07-1994 no puede ser ley vieja por no poder
tomar periodos posteriores al 06-94 y no es ley nueva porque es anterior al 15-07-94 (Anses rechazo el tramite por este ultimo motivo), como liquido esta pension?
Si han tenido un caso igual, ayuda por favor.
Muchas gracias

 #34764  por Normis
 
Hola Ruby! Es ley vieja! no te entiendo x q te lo rechazaron. es 18037/8 depende si es relación de dependencia o autónomo. Nor

 #34972  por rubyport
 
Normis escribió:Hola Ruby! Es ley vieja! no te entiendo x q te lo rechazaron. es 18037/8 depende si es relación de dependencia o autónomo. Nor
Normis, como 18038 no puedo elegir periodos posteriores al 06-1994 y necesito el 07-94 porque fallecio en actividad.
En que le erro?

 #34978  por Normis
 
el tema es q no necesitás el mes 07, sino hasta el día del fallecimiento o sea el 02/07, por eso es ley vieja, no podés tomar un día más q el del fallecimiento. Ahora si te referís a pagar el mes, eso sí, tenés q pagar también el mes de fallecimiento. Pero no tengas dudas, es ley vieja!!
Nor

 #34979  por Normis
 
Además te digo otra cosa, la ley aplicable es la vigente a la fecha de fallecimiento. Si no te lo quierenn recibir: inicialo bajo insistencia!! y listo. Nor