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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #348538  por maru333
 
Hola a todos!!!

Les hago una consulta:

Un empleado de una empresa de seguridad junto con un grupo de otros empleados fueron acusados por asociacion ilicita. Se los llevaron detenidos y encarcelados por asocia. A los mes le fue concedida la excarcelacion sin rresolverse su situacion procesal, es decir no le dictaron el sobreseimiento ni la falta de mérito... cuando se presentó al trabajo nuevamente le dijeron que le iban a reincorporar pero a los días le llega el telegrama de despido... por falta de confianza...

Se puede hacer algo al respecto??

Gracias.
 #348703  por drclaudio22
 
Hola, y si lo despidieron ya esta, pero no hay justa causa, rechaza el despido invocando que no la hay, y que paguen la indemnización correspondiente. Porque la empresa no se puede adelantar a los hechos, y suponer una futura condena penal. Un saludo
 #348708  por maru333
 
Gracias Dr.Claudio22... Comienzo a redactar la CD, puedo reclamar tambien los 2 meses que estuvo preso?? y las vacaciones no pagas?
 #348732  por drclaudio22
 
y empezá reclamando por todo, si no le notificaron nada el tiempo que falto al trabajo, el vinculo subsistió. Además falto por una causas de fuerza mayor, así que con reclamar no perdes nada. Otro tema: la denuncia penal no la hizo la empleadora no? porque calculo que en ese caso podrías pedir también daños y perjuicios en caso de llegar a juicio laboral. Un saludo.-
 #350122  por quiron
 
... del los ARTS 242 y 243 de la LCT, surge el tema de las injurias, la "pérdida de confianza" como causal de despido por parte del empleador debe ser precisa y clara, es decir, en el telegrama por el cual se extingue la relación laboral, aduciendo la "pérdida de confianza" se tiene que precisar cuando se produce esta pérdida, de que modo, de lo contrario, debe rechazarse dicha causal y que abone las indemnizaciones por despído incausado.
La propia LCT contiene disposiciones que enmarcan la conducta del empleador frente al hecho que nos contas, la actitud de este empleador no se enmarca en esas disposiciones, más alla de que posiblemente, y ahora hablando en criollo, cualquiera de nosotros, en el rol de empresarios, no confiarámos en un empleado envuelto en un proceso de ese tipo.

Saludos
 #350495  por maru333
 
Quiron:

Muchas gracias por tu aporte.... La verdad es que hace muy poco tiempo comencé a trabajar y mucho menos a caminar por los pasillos "laborales"...

Me surgieron muchas dudas... :oops: entre ellas estaba la de si debía contestar o no la CD en la que despiden a mi cliente.... Y llegue a la conclusión de que si... Cerrando el intecambio telegrafico e informando de que iniciaré acciones judiciales.

Otra de las dudas era la cuestión de la prejudicialidad... atento a que mi cliente fue detenido en diciembre del 2008, em marzo de este año fue excarcelado y revista la calidad de "imputado" con el beneficio de la excarcelación... Recién ahora la empleadora alega la "perdida de confianza" cuando en marzo lo intimó por CD a reincorporarse al trabajo???? y en abril de este año lo despide :oops: :oops: por lo tanto no sé si debo reclamar daños y perjuicios tambien....

Reitero gracias por tu colaboración...

Cualquier otro aporte... Bienvenido sea!!!