Hola a todos, necesitaria saber si alguien conoce el tema en derehco laboral del Banco Provincia. El tema es que los empleados de la entidad no son regidos por la LCT y tienen un regimen especial, pero este no deberia ser mas beneficioso? La LCT no es un piso?
La pregunta concreta es respecto de las licenccias por maternidad en cuanto a una empleada contratada del Banco. Se otorgan los 45 días, pero "no permiten" estirar la licencia previa y adjuntar los dias faltantes a la licencia posterior al parto, cuestion si prevista en la LCT.
Muchisimas gracias por cualquier ayuda al respecto.
La pregunta concreta es respecto de las licenccias por maternidad en cuanto a una empleada contratada del Banco. Se otorgan los 45 días, pero "no permiten" estirar la licencia previa y adjuntar los dias faltantes a la licencia posterior al parto, cuestion si prevista en la LCT.
Muchisimas gracias por cualquier ayuda al respecto.