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  • NULIDAD/APELACION=DUDA. URGENTE AYUDA

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 #351256  por abogalo
 
BUENAS COLEGAS, LES COMENTO UN CASO A VER SI ME PUEDEN DAR UNA MANO, EN EL CUAL UN AMIGO RESULTA PROCESADO POR RESISTENCIA A LA AUTORIDAD. LOS HACHOS EN LA VERSION DE MI AMIGO (Q TIENE COMO 15 TESTIGOS) ES ASI: EL FUE EN SU MOTO A LLEVAR A SU SEÑORA A LA PARADA DE MICROS (A UNAS 15 CUADRAS DE SU CASA), MIENTRAS ESPERABAN QUE PASE EL MICRO PASAN DOS POLICIAS EN UN PATRULLERO, LOS MIRAN MUCHO RATO PERO NO DIECEN NI HACEN NADA, AL RATO PASA EL MICRO, SU SELÑORA SE VA Y EL VUELVE A SU CASA, DOS CUADRAS ANTES DE LLEGAR A SU CASA, VE AL MISMO PATRULLERO Q VENIA DE FRENTE Y EL DOBLA NECESARIAMENTE PARA IR A SU CASA, EN ESE TRAMO, LA POLICIA ACELERA Y LE INTENTA DAR ALCANCE, EL LLEGA A SU CASA, EN EL MISMO MOMENTO QUE LA POLICIA LLEGA SU CASA, CUANDO SE BAJABA DE LA MOTO EL PATRULLERO METE LA TROMPA EN SU CASA BAJA UNO CORRIENDO Y LO TIRA AL PISO Y LO INTENTA ESPOSAR. A LO QUE EL SE RESISTE POR NO HABER HECHO NADA Y ESTAR EN SU PROPIA CASA. SALEN SUS 3 HIJOS MENORES Y SU SUEGRO Q ESTABAN ESPERANDOLO PARA COMER (ERAN LAS 21.30). DESPUES DE GRITOS, Y DISCUCIONES ACCEDE (POR CONSEJO DE SU SUEGRO EX-POLICIA) A Q LO LLEVEN A LA COMISARIAC A FIN DE QUE SE TERMINE TODO. LE SECUESTRAN LA MOTO. RESULTA Q EL IMPUTADO PASO LA NOCHE EN LA COMISARIA Y AL OTRO DIA FUE A DECLARAR ANTE EL FISCAL, EL ACTA TOTALMENTE FALSEADA PARA CUBRIR EL EQUIVOCO DE LA POLICIA DICE TEXTUALMENTE QUE "VIENDO UN MASCULINO EN LA PARADA DE COLECTIVOS SE LO PRETENDE IDENTIFICAR A LO QUE EL MISMO INEXPLICABLEMENTE SE DIO A LA FUGA COMENSANDO LA PERSECUCION"... DESPUES RELATAN UN PERSECUCION CINEMATOGRAFICA Y DICEN QUE EN UN MOMENTO EL IMPUTADO LE DA UNA PATADA DESDE LA MOTO AL PATRULLERO ABOLLANDOLO (DAÑOS CALIFICADOS), QUE EL IMPUTADO SE METE A UNA CASA (SU PROPIA CASA) Y QUE PROCEDEN A DETENERLO EN EL MISMO MOMENTO EN Q SE ESTABA BAJANDO DE LA MOTO POR" A LO Q SE RESISTIO TIRNADO GOLPES DE PUÑO Y PATADAS SIN LLEGAR A LESIONARLOS. QUE UNA VEZ REDUCIDO AMENAZO AL POLICIA DICIENDO "VOY A CONSEGUIR UNA 9MM Y TE VOY A MATAR". AL OTRO DIA AUDIENCIA POR 308 IMPUTADO DE "DAÑOS CALIFICADOS, AMENAZAS CALIFICADAS, ATENTADO Y RESITENCIA A LA AUTORIDAD". CUANDO ME VIEN A VER UNOS DIAS DESPUES LE DIGO QUE HAGA LA DENUNCIA EN ASUNTOS INTERNOS. LA MISMA CAE EN LA MISMA FISCALIA Q ACA LE PIDE LA ELEVACION A JUICIO. CUANDO YO VEO LA CUASA YA ESTABA LA REQUISITORIA. PLANTEO LA NULIDAD DEL ACTA (POR SER ABSOLUTAMENTE FALSA) Y DEL PROCEDIMIENTO POR VIOLAR EXPRESAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES. SUBSIDIARIAMENTE ME OPONGO Y SOLICITO SOBRESEIMIENTO. AYER ME LLEGO CEDULA NOTIFICANDOME Y : ME DENIEGAN TODO!!!!!!!!!!!! PERO CON UN PROBLEMA: EL JUEZ DE GTIAS ME DENIEGA LA NULIDAD DEL ACTA POR NO ESTAR PREVISTO EN LOS CASOS DEL CPPBA (FALTA DE FIRMA, LUGAR, FECHA ETC), ESTA BIEN. DENIEGA EL SOBRESEIMIENTO POR CUALQUIERA DE LOS INCISOS, PUEDE SER. PERO... NI SIQUIERA TRATA LA PETICION DE NULIDAD DEL PROCEDIMEITNO POR VIOLACION A LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES!!!!!!!!!!!!!!!!!!
MI DUDA ES: ¿CORRESPONDE NULIDAD POR FALTA DE MOTIVACION POR NO AGOTAR LOS PLANTEOS DE LA DEFENSA Y APELACION EN SUBSIDIO? ¿O APELACION DE UNA PORQ INCLUYE AL DE NULIDAD Y Q RESUELVA LA CAMARA? QUE ES LO TECNICAMENTE CORRECTO??? EL CPPBA MUCHO NO DICE SOBRE EL TEMA. QUE HAGO? ME AYUDARIA MUCHO CUALQUIER OPINION.
VOY A ESTAR PENDIENTE, DE ESTE POST. MUCHAS GRACIAS. Perdon por lo extenso jeje
GALO
 #351495  por micalori
 
Pobre tipo!!!! Apelación y nulidad, pero no veo que el acta afecte gtias. const.

Otra cosa: Te van a sacar corriendo, pero ¿y si luego de tu apelación (en la cual indicá que vas a ampliar oralmente) solicitás la ampliación del 317 y que ahí tu defendido pida que declaren todos sus testigos? Te van a decir que no... pero yo lo haría! Luego incorporás esa prueba en la audiencia. Qué opinan los demás?

Y contanos como sigue, suerte!
 #351512  por N A T A L I A
 
A mi humilde entender las garantías no se encuentran afectadas por el acta, sino por la detención en si.
El acto puede tener firma, lugar, etc, etc, o sea, puede cumplir con los requisitos formales para ser válida, pero el problemita es la detención en sí.
Coincido con lo que te plantea Micalori, apelación de la elevación y nulidad.
En cuanto a la espontánea y a los testigos, para mi no va a caminar en la audiencia de apelación, aunque no me parece mal como estrategia (el hecho de presentar testigos y ampliar la declaración) no lo veo procedente en esta instancia.

Saludos y Suerte!
 #351521  por micalori
 
Es cierto, la idea es muy particular. Pero la procedencia está limitada a la pertinencia de la declaración, teoricamente no tendrían argumentos para negarse a aceptarla, sobre todo teniendo en cuenta que la apelación del auto no permite tener por concluída la etapa preliminar (aunque, como pensamos, seguro la denegarán!!).

El planteo tiene que ver, en este caso, con que el defendido de Galo parece que no tuvo oportunidad de solicitar la producción de las testimoniales, o no le informaron que podía hacerlo. Si se logra, con la prueba podría encajarse en el inc. 2, 3 o 6 (por la prueba contradictoria que habría, a partir de las testimoniales, en el expediente) del 323.
 #351526  por patrici0
 
entiendo al respecto, que el actal abrada es un instrumento público, como tal corresponde iniciar incidente de redargucion de falsedad. Humilde opinion.
 #351568  por abogalo
 
GRACIAS GENTE, LES DIGO QUE ESTOY COMO LOCO CON ESTE TEMA...

PARA MI EL KIT DE LA CUESTION ES LO QUE DICE EL ACTA “VIENDO UN MASCULINO EN LA PARADA DE COLECTIVOS SE LO PRETENDE IDENTIFICAR A LO QUE EL MISMO INEXPLICABLEMENTE SE DIO A LA FUGA COMENSANDO LA PERSECUCION"... NO HAY MOTIVO PARA PROCEDER A LA IDENTIFICACION! NI SIQUIERA ESTABLECE UN GRADO DE SOSPECHA. EN LOS PRECEDENTES TUMBEIRO, MONZON Y SZMILOWSKI SE DISCUTE SI LA “ACTITUD SOSPECHOSA” SIN MENCIONAR LOS MOTIVOS DE LA SOSPECHA HABILITA EL ACCIONAR JUDICIAL. AUNQUE LA CORTE TERMINAAPROBANDO EL ACIONAR POLICIAL BASADO EN LA ACTITUD SOSPECHOSA, EN ESTE CASO NI SIQUIERA EXISTE ESA ACTITUD SOSPECHOSA!!!! POR LO TANTO SE VIOLA EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA AUTODETERMINACION Y AL LIBRE TRÁNSITO SIN NINGUNA RAZONABILIDAD, BASADO SIMPLEMETEN EN LA ARBITRARIEDAD DEL OFICIAL DE POLICIA. ACA ME PARECE QUE ES DONDE TENGO LAS DE GANAR PERO NO ENCUENTRO NINGUNA JURISPRUDENCIA QUE ME APOYE, TAMPOCO EN CONTRA… NO SE CON QUE REFORZAR MI POSTURA. TAMPOCO PUEDO ENTENDER COMO EL JUEZ DE GARANTIAS NO DICE NADA SOBRE ESA PARTE LIMITANDOSE A DECIR QUE LA NULIDAD DEL ACTA NO PROCEDE, SIN DECIR NADA SOBRE EL PROCEDEIMIENTO POLICIAL.
VOY A INTENTAR LO QUE ME ACONSEJAN DE LA ESPONTANEA, PERO IGUAL CREO QUE TENGO QUE MORIR CON LA VIOLACION DE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES…
CON RESPECTO AL INCIDENTE DE REDARGUCION DE FALSEDAD LO PENSE, PERO NO SE PARA ADONDE ARRANCAR, LO PLANTEO EN EL MISMO EXPEDIENTE? LO INICIO POR SEPARADO? NO TENGO PLAZO PARA INTERPONERLO? CON RESPECTO A LA DENUNCIA QUE HIZO EL IMPUTADO QUE ONDA NO LO PUEDO TRAER DE ALGUNA MANERA? SE ME LLENA ELCU DE ??? JAJA
BUENO COLEGAS SI PUEDAN SIGAN APORTANDO IDEAS QUE ME VIENEN AL PELETE. MUCHAS GRACIAS POR TODO ESPERO PODER AYUDARLES ALGUN DÍA O RETRIBUIR DE ALGUNA MANERA.
 #351643  por Moniluj
 
Hola, en qué departamento judicial tramita la causa? Eso también tiene que ver... sino vas a tener que sacarla de ahí, llevándotela a casación. Ya mismo empezá a hacer en tus escritos la mención del caso federal... por arbitrariedad. Hacé lo que te propuso Micalori, proponiendo la prueba de descargo, si te dicen que no -como es probable- ya tenés la arbitrariedad con independencia de la nulidad absoluta que también existe, la cual sólo es demostrable haciéndote lugar a la prueba de testigos. Diciéndote que no, te tienen en un círculo vicioso, por eso es más probable que logres algo por el lado de la arbitrariedad.
Hay varios fallos que te pueden servir y que vas a encontrar en el libro de Carrió, por ejemplo.
Es una opinión más. Saludos.
 #352006  por abogalo
 
Moniluj escribió:Hola, en qué departamento judicial tramita la causa?
Hola, tramita en La Plata.
Moniluj escribió:Ya mismo empezá a hacer en tus escritos la mención del caso federal... por arbitrariedad
con respecto a eso, ya hice reserva de caso federal por la violacion de las garantias constitucionales a las garantias de la constitucion en cuanto a detencion sin orden judicial y allanamiento y sin que se den las exepciones que autoriza el CPCC (recordemos que se le metiron a su casa, supuestamente justificado porq se daba a la fuga, pero no cometió ningun delito, ni siquiera habia sospechas de que lo haya cometido), ahora lo mantendría por ese motivo y le sumo la reseva por el de la arbitrariedad, perfecto. gracias.
Ya lo estoy armando... Dios porq es todo tan complicado... Gracias a todos sigan aportando... algo va a salir...
 #352109  por macero
 
Galo, a mi me parece que a esta altura de los acontecimientos, maxime si ya te elevan la causa a la etapa de juicio, ofrece tu prueba tranquilo, entre ellas aportà como prueba documental copias certificadas de las actuaciones que se hayan iniciado como consecuencia de la denuncia que hizo tu defendido.
Una vez ello, espera la celebracion del Debate Oral y ahi el fiscal tendra que probar el delito que "en teoria" cometio tu cliente.
Eventualmente si lo condenan, tendras mas que argumentos para recurrir a casacion por los mas diversos motivos y cuestiones.
Saludos
 #352177  por PenalistaCBA
 
abogalo escribió:GRACIAS GENTE, LES DIGO QUE ESTOY COMO LOCO CON ESTE TEMA...

PARA MI EL KIT DE LA CUESTION ES LO QUE DICE EL ACTA “VIENDO UN MASCULINO EN LA PARADA DE COLECTIVOS SE LO PRETENDE IDENTIFICAR A LO QUE EL MISMO INEXPLICABLEMENTE SE DIO A LA FUGA COMENSANDO LA PERSECUCION"... NO HAY MOTIVO PARA PROCEDER A LA IDENTIFICACION! NI SIQUIERA ESTABLECE UN GRADO DE SOSPECHA. EN LOS PRECEDENTES TUMBEIRO, MONZON Y SZMILOWSKI SE DISCUTE SI LA “ACTITUD SOSPECHOSA” SIN MENCIONAR LOS MOTIVOS DE LA SOSPECHA HABILITA EL ACCIONAR JUDICIAL. AUNQUE LA CORTE TERMINAAPROBANDO EL ACIONAR POLICIAL BASADO EN LA ACTITUD SOSPECHOSA, EN ESTE CASO NI SIQUIERA EXISTE ESA ACTITUD SOSPECHOSA!!!! POR LO TANTO SE VIOLA EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA AUTODETERMINACION Y AL LIBRE TRÁNSITO SIN NINGUNA RAZONABILIDAD, BASADO SIMPLEMETEN EN LA ARBITRARIEDAD DEL OFICIAL DE POLICIA. ACA ME PARECE QUE ES DONDE TENGO LAS DE GANAR PERO NO ENCUENTRO NINGUNA JURISPRUDENCIA QUE ME APOYE, TAMPOCO EN CONTRA… NO SE CON QUE REFORZAR MI POSTURA. TAMPOCO PUEDO ENTENDER COMO EL JUEZ DE GARANTIAS NO DICE NADA SOBRE ESA PARTE LIMITANDOSE A DECIR QUE LA NULIDAD DEL ACTA NO PROCEDE, SIN DECIR NADA SOBRE EL PROCEDEIMIENTO POLICIAL.
VOY A INTENTAR LO QUE ME ACONSEJAN DE LA ESPONTANEA, PERO IGUAL CREO QUE TENGO QUE MORIR CON LA VIOLACION DE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES…
CON RESPECTO AL INCIDENTE DE REDARGUCION DE FALSEDAD LO PENSE, PERO NO SE PARA ADONDE ARRANCAR, LO PLANTEO EN EL MISMO EXPEDIENTE? LO INICIO POR SEPARADO? NO TENGO PLAZO PARA INTERPONERLO? CON RESPECTO A LA DENUNCIA QUE HIZO EL IMPUTADO QUE ONDA NO LO PUEDO TRAER DE ALGUNA MANERA? SE ME LLENA ELCU DE ??? JAJA
BUENO COLEGAS SI PUEDAN SIGAN APORTANDO IDEAS QUE ME VIENEN AL PELETE. MUCHAS GRACIAS POR TODO ESPERO PODER AYUDARLES ALGUN DÍA O RETRIBUIR DE ALGUNA MANERA.

Camarada.... el meollo de la cuestión está en la supuesta "causa probable" que alegan los preventores a fin de dar inicio al procedimiento, con el agravante de supuesta falsedad ideológica del acta que efectúan a fin de respaldar el proceder en la emergencia.... :shock:

En cuanto a la NULIDAD articulada, lamento desirte que no puede prosperar desde que la misma ataca a cuestiones relacionadas con la formalidad del acto efectuado, por lo que sí dicho acto respeta la formalidad impuesta para su validez, el acto -y por consiguiente el acta como instrumento público- es plenamente válido, lógicamente que esto es sin perjuicio de que el contenido o manifestación que el acta contiene sea falso; pues en ese caso, el médio idóneo para atacar el contenido mendaz, es la acción de redargución de falsedad, ya sea por vía civil o querella criminal.-

Por lo general en esas clases de casos como el que Ud. comenta y lo desvela, en lo perssonal procedo a solicitar a la instrucción haga comparecer a los agentes preventores a fin de que me aclare en detalle y prescisión, cual era el comportamiento objetivo desplegado de donde surgía ese "estado de sospecha" que supuestamente habilitó el procedimiento; y si había terceras personas en el lugar que pudieron observar y servir de testigos de actuación. Es decir, los empiezo a cepillar mal a fin de que salte la mentira... :twisted: .... una vez que tengo elementos suficientes... planteo la NULIDAD de todo lo actuado en vista a que NO ESTABAN DADOS los presupuesto (jurisprudenciales) del llamado "Estado de sospecha", y si los elementos probatorios dan para más...solicito se corra vista a la fiscalía de turno a fin de que investiguen la posible comisión de ilícito en perjuicio del imputado (falso testimonio calificado, falsedad ideológica de instrum. Pco., etc.)... Pero para todo esto Ud. deben tener elementos probatorios que valorados digan que sucedión o pudo haber sucedido otra cosa y no lo que los preventores instrumentados. Ahora si Ud. solo pide la NULIDAD de todo lo actuado en base a meras manifestaciones de su cliente en contrario a lo obrado por los preventores, lamento decirle que NADA LE VA A PROSPERAR....POR MÁS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES QUE UD. INVOQUE COMO LESIONADAS..... :shock:

Recuerde...en PENAL TODOS DICEN QUE SON INOSENTES... :lol:
 #352182  por abogalo
 
patrici0 escribió:entiendo al respecto, que el actal abrada es un instrumento público, como tal corresponde iniciar incidente de redargucion de falsedad. Humilde opinion.
entiendo al respecto, que el actal abrada es un instrumento público, como tal corresponde iniciar incidente de redargucion de falsedad. Humilde opinion.
me quedo picando eso...

CON RESPECTO AL INCIDENTE DE REDARGUCION DE FALSEDAD LO PENSE, PERO NO SE PARA ADONDE ARRANCAR, LO PLANTEO EN EL MISMO EXPEDIENTE? LO INICIO POR SEPARADO? NO TENGO PLAZO PARA INTERPONERLO?
gracias por la ayuda...
 #353698  por abogalo
 
penalista muchas gracias por tu opinion, me sirve mucho.

con respecto a:
PenalistaCBA escribió:Camarada.... el meollo de la cuestión está en la supuesta "causa probable" que alegan los preventores a fin de dar inicio al procedimiento, con el agravante de supuesta falsedad ideológica del acta que efectúan a fin de respaldar el proceder en la emergencia....
el tema es que los oficiales ni hacen referencia a eso siquiera, directamente dicen que lo vieron y procedieron a identificarlo...

Igualmente ya estoy resignado a tener que ir a debate, el tema es que de ser asi es mi primer juicio penal en el que llego a esa instancia.... y me da cosa.
la apelacion la voy a meter igual y a ver que pasa... Se me vence el lunes, si la termino con tiempo la puedo subir asi opinan y aconsejan...
gracias a todos por ayudar a los que estan haciendo sus primeras experiencias...
 #354125  por macero
 
abogalo escribió:penalista muchas gracias por tu opinion, me sirve mucho.

con respecto a:
PenalistaCBA escribió:Camarada.... el meollo de la cuestión está en la supuesta "causa probable" que alegan los preventores a fin de dar inicio al procedimiento, con el agravante de supuesta falsedad ideológica del acta que efectúan a fin de respaldar el proceder en la emergencia....
el tema es que los oficiales ni hacen referencia a eso siquiera, directamente dicen que lo vieron y procedieron a identificarlo...

Igualmente ya estoy resignado a tener que ir a debate, el tema es que de ser asi es mi primer juicio penal en el que llego a esa instancia.... y me da cosa.
la apelacion la voy a meter igual y a ver que pasa... Se me vence el lunes, si la termino con tiempo la puedo subir asi opinan y aconsejan...
gracias a todos por ayudar a los que estan haciendo sus primeras experiencias...
Estimado, mi opinion es que en la audiencia de debate va a ser donde mejor te va a ir, imaginate que los policias y testigos del acta de procedimiento deberan brindar su version de los hechos ante el juzgado interviniente y no va a ser la primera vez que se desdicen o que los "supuestos" testigos del acta dicen otra cosa distinta a la relatada.
Respecto de que es tu primer debate oral, no temas, no tiene ninguna ciencia, solo es cuestion de tener en calro a lo que uno apunta y que se entienda bien lo que queres plantear, muchos tratan de "impresionar" a quines los escuchan y no terminan diciendo nada.
Preferible es ser conciso pero que se entienda tu posicion, te mando sldos
 #354198  por abogalo
 
gracias macero, lo voy a tener en cuenta si no me dan bola.
un viejo abogado decía que esta es la profesion mas cercana a la homosexualidad: vivis siempre con la pij... en el cul...
Ya la tengo lista a la apelacion, si alguien la quiere me avisa y se la paso, porq es bastante larguita como para subirla. gracias a todos y vamos a ver que pasa. abrazos colegas
 #354625  por jeanvaljean02
 
hola a todos!, estuve leyendo el hilo, mucho no puedo aportar, estoy aprendiendo de los colegas, ¿cuáles son los presupuestos jurisprudenciales del estado de sospecha?
saludos!
JV