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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #353536  por jimena_e
 
tengo un caso medio complicado.
Un hombre hace entrar en una empresa a una amiga ( no tengo prueba de ello).Luego de 4 o 5 años hace que la trasladen a su sector y el pasa a ser su supervisor. Ella se queja ante la empresa por acoso sexual. ( el le mandaba mensajitos a su tel y la ponia incomoda). La empresa la cita y como medida preventiva, lo cambia a el de horario, poniendolo en turno noche.
Ella dice que lo sigue viendo cdo se cruzan los turnos y tambien el dia del inventario anual y se da por despedida por considerar que la empresa no hizo nada.
Ahora demanda por despido y daño moral a la empresa y por daño moral al hombre. todo en un mismo juicio laboral.
Yo voy por la empresa.Se me ocurrieron tantas ideas para contestar que se me hizo una ensalada.
a alguno se le ocurre que puedo plantear?
 #353701  por DAL
 
Que no hay acoso, y que si lo hubiera la empresa sí tomo las medidas pertinenetes.
 #353711  por MORGAN
 
Que pruebas ofrece?
 #353802  por jimena_e
 
DAL escribió:Que no hay acoso, y que si lo hubiera la empresa sí tomo las medidas pertinenetes.
si eso seguro, voy a negar todo, pense que tal vez podia contestar por punto separado lo del daño moral alegando que no hay acoso y tal veZ oponiendo excepcion de falta de legitimacion pasiva, y luego el despido, que no tuvo causa para considerarse injuriada. Aunque no se si poner que la empresa si tomo medidas cambiandola de horario porque ahi estaria reconociendo que habia problemas.
 #353803  por jimena_e
 
MORGAN escribió:Que pruebas ofrece?

pericial contable.
copia de certificado medico presentado a la empresa por angustia y stress ( se tomo carpeta medica por 20 dias) 2 meses antes del distracto.
confesional al representante de la empresa(solamente)
informativa- ANSES ( estaba en blanco y con aportes al dia)-CORREO-UFI para que remita IPP-Dr que emitio constancias medicas.
4 testigos
pericial psicologica
 #353807  por Robespierre
 
A ver... Yo creo que como abogada de la patronal tenés que argumentar que sí, que el problema existía. Y que la empresa tomó las medidas pertinentes para el caso, que por lo que vos describís sería el cambio de horario.

En ese orden de ideas, creo que hay que hacer presión por el lado de que no se configuró la injuria que justifica que ella se de por despedida. Esto es, creo que el hecho de que simplemente se crucen en el cambio de horario y se tengan que ver un solo día al año no puede per se configurarla. Si ella sólo tenía "contacto visual" (lo siguía viendo) en esos dos momentos, mientras él no la hostigara no tendría por qué haber habido problema...

Algunos interrogantes como para argumentar en el sentido de minimizar la postura de la actora: en esos cambios de horario y el día del inventario, había presencia de otras personas? había otro supervisor a cargo en su nuevo turno de trabajo? la empresa tomó alguna medida para con el autor de los hechos?
 #353823  por jimena_e
 
La empresa lo cambio al turno noche. y lo cambio de trabajo.No se si lo sanciono.
Ella cambio de supervisor. Al no estar mas el.
Tambien dicen en la demanda que el supervisor trataba asi a todas las chicas. pero nunca niguna chica se quejo de eso.
El dia del inventario estaba todo el personal haciendo inventario. eran miles< cientos de personas.
 #353825  por Robespierre
 
Si pudieras probar todo eso con testigos, sería lo ideal. Desde ya, otras trabajadoras, que también hubieren estado en los cambios de horario y el día del inventario.

Yo no veo cómo se configuró la injuria, en el caso, o al menos la que la actora alega. Reitero la idea del "contacto visual".
 #353835  por jimena_e
 
exacto solo contacto visual.
Anteriormente alega que el acoso era porque el le mandaba mensajitos y la miraba mucho. Ella le dio el celular, de lo contrario no le podria haber mandado mensajitos.
El hombre nunca llego ni a ponerle una mano en el hombro.
Trabajan en un lugar que esta lleno de gente, jamas pudieron quedarse solos.

Yo tengo claro mas o menos todo esto, pero desde el plano juridico que te parece.
Solo contestar demanda, negando lo del despido y daño moral o procederia alguna excepcion?
graciasss
 #353843  por Robespierre
 
A mi me parece que con contestar la demanda tendría que ser suficiente. Tu defensa es negar que la empresa no tomó las medidas pertinentes, además de que no se configuró el daño moral -tanto por el actuar del dependiente, como por la supuesta inacción patronal-. No veo la lógica de plantear excepciones.

Alguna otra opinión sobre el tema?

Entiendo que el supuesto hostigador también está demandado, no?
 #353852  por jimena_e
 
si, es codemandado. Yo decia excepcion de falta de accion como defensa de fondo, por inexistencia de título ó derecho a litigar en el actor. seria para sumar creo. seria lo mismo.muy amable robespierre.
estoy en un estudio que hace derecho laboral, me tomaron sabiendo que del tema soy un cero,y ahora me hacen responder demandas!
una preg personal. Estudiaste en la UNR?
 #353929  por Robespierre
 
No me convence la idea de interponer la excepcion de falta de acción, porque tu defensa es contestar la demanda, ya que el hecho ocurrio en la empresa de tu defendida y respecto de dos trabajadores de tu defendida.

La excepción de falta de acción y/o de falta de legitimación activa y/o pasiva la interponen, por ejemplo, las ART -por lo menos en el foro en el que yo litigo, Rosario-, cuando son o demandadas o citadas en garantía por las patronales, para reparar enfermedades no enlistadas o enfermedades accidentes y por las que, legalmente, la LRT les dice que no deben responder -más allá de lo que dice la jurisprudencia-. Lo veo como un supuesto distinto al que vos planteas.

Igualmente estaría bueno escuchar otra opinión.

Sos de Rosario? No, soy recibido de la Católica... espero no seas parte de ya aburrida confrontación UNR-UCA... :mrgreen:

Yo no compré mi título!!!! jejeje
 #353942  por jimena_e
 
es verdad lo que decis. no voy a oponer ninguna excepcion.
me limito a contestar.
no soy parte de la riña UNR-UCA., tengo amigos que se recibieron en la UCA.
 #354064  por jimena_e
 
Alguna otra opinion?
 #354861  por GU
 
Lei que pensas recononcer los hechos. Yo no lo haria bajo ningun punto de vista.

Una cosa es tomar medida preventivas para evitar conflictos entre el pesonal, y otra cuestion es reconocer la existencia de acoso por parte de un dependiente a otro. El hecho de que la empresa le haya cambiado el puesto de trabajo y el horario al supuesto acosador, no necesariamente implica reconocimiento de la existencia de acoso.

Vos el acoso lo tenes que negar con todas las de la ley. Es fundamental la declaracion de los supervisores de turno, de otras compañeras supuestamente acosadas, de gente que este presente en el dia de inventario y de testigos que acrediten que no hay contacto en los cambios de turno.

El acoso lo tenes que negar si o si, si lo reconoces, aun a medias tintas, te estas jugando en contra.

Salutes!

Pd: Respecto a los mensajitos no hay prueba alguna ofrecida?