Hola Claudia, te recomiendo que sean dos letrados uno para cada parte.
El regimen de visita podes hacerlo en un acuerdo y presentarlo como que se han puesto de acuerdo y sumarlo al expediente. Te aconsejo si, que sea lo mas claro y detallado posible para evitar futuros encontronazos. Aunque en este momento esten bien y haya armonia, lo mejor es plasmarlo justamente ahora que se puede.
Fijate el tema de la compensacion, no esta mal y tambien que quede asentado. Si al padre le viene mejor el auto darselo y la Madre se queda con las mejoras hechas, aunque los numeros no den el 50% y 50%. Busca que le sirva a tu cliente mas que cierre el numero perfectamente. Se entiende?
Ahi va un modelito
ACUERDO DE TENENCIA
REGIMEN DE VISITAS Y ALIMENTOS
En la Ciudad de Buenos Aires a los…..días del mes de……….. de 2009, se presentan por una parte la Sra. XXXX, D.N.I. XXXX, en adelante denominada LA MADRE con domicilio real en la calle XXXXX, , con el patrocinio letrado de la Dra. xxxxx, T° F°, con domicilio constituido en la calle xxxxx y por otra parte el Sr. yyyyyyy, D.N.I. yyyyyy, con el patrocinio letrado del Dr. yyyyy, T° yy F° yy, en adelante denominado EL PADRE, con domicilio real y constituido en la calle………………, convienen en celebrar el presente acuerdo de tenencia, alimentos y régimen de visitas, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERO: TENENCIA: Las partes acuerdan que la tenencia legal de (nombre del hijo), D.N.I., xxxxx estara a cargo de LA MADRE, con la patria potestad compartida.
SEGUNDO: REGIMEN DE VISITA: Asimismo las partes pactan un amplio régimen de visitas a favor del niño y su PADRE, acorde con la edad del menor y sus obligaciones escolares, con una cantidad minima de días, que las partes estipulan de la siguiente manera:
a) Los días LUNES, MIERCOLES y VIERNES, en los que el PADRE retirara a los menores del domicilio de xxxxx….., a las 19.30 hs y los reintegrara a dicho domicilio a las 8.00 hs del día siguiente.
b) Los días DOMINGO o los días SABADOS, EN FORMA ALTERNADA, SEMANA DE POR MEDIO, en los que el PADRE retirará a los menores del domicilio de……….., a las 16 hs. y los reintegrará a dicho domicilio a las 13hs. del día siguiente.
c) El PADRE podrá visitar a los menores los restantes días de la semana, con un mínimo de dos horas diarias, previo aviso y conformidad de la madre. Estas visitas serán consensuadas por ambos progenitores con la debida antelación, no menos de veinticuatro (24) horas previas, a fin de programar las actividades de todos los involucrados.
d) VACACIONES: Los menores permanecerán 30 días al año con EL PADRE, y por periodos que no excedan los quince (15). Asimismo, los menores podrán permanecer con su madre por vacaciones por un periodo de 30 días al año. En caso de permanecer de vacaciones fuera del domicilio de cada progenitor, ambos se comprometen a informarse recíprocamente y con anterioridad la dirección donde permanecerán con los niños.
e) CUMPLEAÑOS DE LOS PROGENITORES: Los menores podrán permanecer con el progenitor del día de su cumpleaños, salvo que los mismos se encuentren fuera de ésta ciudad por cualquier motivo.
f) CUMPLEAÑOS DE LOS MENORES: LA MADRE seguirá organizando la celebración de estos cumpleaños que habitualmente realizaba, en su hogar o en salones fuera del hogar de los menores y EL PADRE si lo desea, podrá participar de ellos.
g) DIA DE LA MADRE Y DEL PADRE: Los menores permanecerán con el progenitor que corresponda (según la celebración), aún en caso de no coincidir la fecha con el régimen establecido.
h) FIESTAS DE FIN DE AÑO: Este año en curso, los menores permanecerán con LA MADRE en Año Nuevo, y con el PADRE en Navidad. El próximo año 2010, será a la inversa, y así sucesivamente, en forma alternada, año por medio. Todas estas pautas aplicables a los festejos antes referidos se cumplirán siempre y cuando los progenitores se encuentren en esta Ciudad en las fechas citadas y que los menores no se encuentren con ellos de vacaciones fuera de la misma.
a. Este régimen de visita podrá ser modificado, de común acuerdo, en caso que EL PADRE modifique su actual situación laboral, poniendo siempre en primer lugar el vínculo paterno-filial. El presente acuerdo puede ser modificado con el acuerdo de ambos progenitores si es que las circunstancias personales de alguno o de ambos varían en el tiempo de modo tal que se torne desaconsejable para el interés de los menores mantener el presente régimen.
TERCERO: ALIMENTOS. Los aquí firmantes acuerdan que EL PADRE abonará una cuota alimentaria mensual a favor de los menores de xxxxx pesos ($ xxx), el cual el PADRE abonará del 1 al 5 de cada mes. Los restantes gastos ordinarios de los menores que no sean cubiertos con dicho importe, serán afrontados por la MADRE.
El régimen de pago de alimentos queda sujeto, además, a los siguientes términos y condiciones:
1. El pago de los $ xxxx mensuales se desdoblará de la siguiente manera (a) el PADRE atenderá en forma directa y puntual las facturas del colegio al que asisten los menores, los gastos de terapeuta, y los cargos de (OBRA SOCIAL, preguntar cual), que en conjunto representan hoy $ xxx; (b) el saldo de $ xxx será pagado a la MADRE de los menores, a través de una transferencia y/o deposito en la cuenta del Banco……….., Sucursal………..N°………..(CBU……….) y/o a la cuenta bancaria que la MADRE indique, dentro del plazo antes mencionado, por mes adelantado. El alimentante incurrirá en mora por el solo vencimiento del plazo establecido, sin necesidad de intimación. Las sumas en mora devengaran intereses punitorios a una tasa igual a 1,5 veces la tasa activa del Banco de la Nación Argentina capitalizable mensualmente.
2. Adicionalmente, EL PADRE atenderá siempre que cuente con su previa aprobación los siguientes gastos adicionales de los menores: (a) viajes de fin de curso y actividades extracurriculares (cenáculos, viajes de estudio, eventos especiales, etc.); (b) compra inicial anual de uniformes, ropa deportiva y demás implementos de vestuario para el colegio; (c) compra inicial anual de libros de texto y útiles escolares; (d) tratamientos médicos, odontológicos, neurológicos, psiquiátricos, psicoanalíticos, pediátricos y/o paramédicos, y gastos asociados a los mismos incluyendo medicamentos, que no sean cubiertos por el plan medico respectivo otorgando prioridad al uso del mismo, y (e) estudios universitarios de los hijos, inclusive luego de alcanzada la mayoría de edad, en universidades publicas o privadas locales. Respecto al rubro (e) la obligación asumida podrá variar en función del desempeño de cada uno de los hijos teniendo en cuenta sus respectivas capacidades.
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los…………..días del mes de…………..2009, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Obviamente, te sirve como base..vos despues lo amoldas a tu necesidad.
Un abrazo y espero sea util