EN UN JUICIO POR ALIMENTOS SE ME REGULARON LOS HONORARIOS, NOTIFIQUÈ AL DEMANDADO EL QUE JAMÀS SE PRESENTÒ, PERO AL QUE SE LE EMBARGÒ EN UN 20% SU SUELDO PARA EL COBRO DE LOOS ALIMENTOS, ENTOCES DE DÒNDE LE COBRO???? HACE MÀS DE UN AÑO QUE ESTOY CON ESTE JUICIO Y SÒLO VÌ $ 100, PODRÌAN AYUDARME?? GRACIAS!!!!
Hola. Se me ocurre que podrías plantear el carácter alimentario de los honorarios (entiendo que hay bastante jurisprudencia) y pedir que se le embargue el sueldo hasta cubrir los regulados màs el aporte de ley (no se si el jucio está en provincia.) Me refiero a que le embarguen por tus honorarios sin perjuicio de mantenerle el embargo por los alimentos.- En estas cuestiones no rige el tope del 20%.- (Por ejemplo, he visto casos en que al amimentante se le embarga tanto por ciento para cubrir los alimentos normales y otro tanto por los atrasados).-
Y si hace mas de un año que estás dando vueltas, primero prepará una liquidación de intereses y hacela a la tasa activa ( en todo caso que sea el demandado el que se caliente e impugnar) y en el mismo escito solicitá el embargo. Seguramente le correrán traslado primero. La gente es de terrrorrr!! Si no le pasan alimentos a los hijos, cómo vamos a pretender que paguen nuestros honorarios!!(Jajaja) Después se quejan de los abogados....Los clientes me tienen podrida!!! Son unos cara dura. Ya se que en el caso que planteaste quien te debe no es tu cleinte, pero bué, necesité hacer catársis!!! Mucha suerte. Contame qué tal te fue.
Pilusa