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  • prueba documental ofrecida por el alimentante

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #357150  por mara18
 
Hola colegas! tengo esta duda al contestar una demanda de alimentos, solicité se oficié a Afip, bancos y empresa privada, con el fin de acreditar ingresos de la actora. El juez dijo oportunamente. Qué me dice?
Les aclaró que no cuento con mucha experiencia y ahora va la pregunta en relación al art 333 del CProc., puedo yo oficiar directamente a Afip, bcos y empresa, pidiendo que entreguen la información al juzgado? Pues en el 3º párrafo dice ........, los letrados patrocinantes, una vez interpuesta la demanda, podrán requerir directamente a entidades privadas, sin necesidad de previa petición judicial, y mediante oficio en el que se transcribirá este artículo, el envío de la pertinente documentación o de su copia auténtica, etc...
Puedo hacerlo? A la Afip también? No creo. Si mi planteo es incorrecto, agradeceré me orienten, ya que supongo que en días iremos a la audiencia. Gracias.
 #357238  por Claudialo
 
Hola me fijé en un codigo comentado de Nación. Se refiere a la prueba documental. La doctrina distingue entre organismo privado o público. Solo es viable en el caso del privado.- y el medio es el oficio. pero para mi, igual deberías dejarlo a confornte en el juzgado. porque todo oficio es así. En el caso de los públicos se requiere la transcripción del auto judicial. Igual cada juzgado con su librito bajo el brazo. Esperá otras sugerencias. Saludos