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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #357045  por fer1578
 
Quisiera pedirles su opinión sobre el inconveniente que estoy teniendo. Tengo una fundición de aluminio y contrate un empleado el 5 de Junio del 2008. Desde el dia 11 de Mayo de 2008 que no concurrió mas al trabajo, el dia 13 de Mayo me habia llamado diciendo que la habia fallecido la madre y que el dia Jueves 14 de Mayo se reincorporaría. Esto no sucedió y el dia Lunes 18 de Mayo se presenta y me informa que no iba a trabajar mas ya que habia conseguido otro trabajo. Le respondo que no habia ningún inconveniente y que me mandase el telegrama de renuncia asi le preparaba la liquidación final a lo que contesto que asi lo iba a hacer. El dia martes 19 de Mayo me llega un telegrama pero en este no dice nada sobre que renuncia y me intima a que le pague unas supuesta diferencias salariales ya que reclama que la categoría que tiene es la de oficial y no la de operario tal cual figura en el recibo de sueldo y en el contrato que firmo cuando lo contrate (Además es increíble que una persona que entra sin siquiera tener idea de lo que es una fundición de aluminio en menos de un año pretenda pertenecer a la categoría mas alta del convenio, en realidad si tomo literalmente lo que dice el telegrama pretende ser oficial desde el primer dia de ingreso). Además me reclama que su fecha de ingreso fue el 06 de Mayo del 2008 la cual es un simple formato de la fecha verdadera en el recibo de sueldo ya que el mismo es realizado en una planilla de calculo en ingles que pone el formato de fecha como MM-DD-YYYY.
A todo esto le conteste con una carta documento rechazando su telegrama e intimandole a que se presente a prestar tareas a mas tardar el dia Jueves 21 de Mayo de 2009 ya que desde el 11 de Mayo no concurre, caso contrario lo consideraria abandono de trabajo.
Estamos a Jueves y no se presento a trabajar ni mando ninguna contestación a mi carta documento.
Que me aconcejaria hacer? Le mando una nueva carta documento intimandolo por ultima vez a que se presente a trabajar o directamente le mando la carta diciendo que como no se presento a trabajar después de la intimancion que le realice considero rescindida la relacion laboral y que tiene a su disposición la liquidación final y los certificados. En caso que no se presente a cobrar y no conteste nada, debere realizar el pago mediante consignación judicial?

Gracias de antemano, Fernando
 #357070  por poorlaw
 
Hola fer1578:

Dos cositas:
...contrate un empleado el 5 de Junio del 2008. Desde el dia 11 de Mayo de 2008 que no concurrió mas al trabajo...
...que se presente a prestar tareas a mas tardar el dia Jueves 21 de Mayo de 2009 ya que desde el 11 de Mayo no concurre
Uno: ordená y aclará las fechas, están un poco confusas.

Dos: tenés una metalúrgica, no me digás que no podés contratar un abogado de confianza.

Atentamente.
 #357084  por fer1578
 
Si, perdon no concurrio mas desde el 11 de Mayo de 2009.
En cuanto al tema de contratar algun abogado de confianza, no se trata tanto por el dinero (aunque si bien en este momento el trabajo a mermado enormemente y estoy tratando de recortar la mayor cantidad de gastos posibles) si no mas bien por no salir a buscar alguno de apuro en este momento. Quisiera nada mas saber si mi manera de proceder a sido correcta y como continuar. Posteriormente ya con mas tiempo buscare algun abogado de confianza para que siga adelante con el caso ya que por como viene la mano estoy casi seguro que no se va a presentar a cobrar o retirar los certificados.
 #357132  por GU
 
Habria que ver bien los terminos de la intimacion del trabajador y ver en que terminos se rechazo.

Contactate urgente con un boga para que te asesore. No tenes otra opcion mas que buscar uno de apura ahora, ya que ahora es cuando se te presenta el conflicto y del intercambio epistolar va a depender el resultado del mismo.

Salutes!
 #357219  por VICTORIA2004
 
Fernando: tal como afirma Gu, sin conocer los términos exactos de sendas misivas (la del trabajador y la tuya) es un poco arriesgado emitir un juicio sobre si tu proceder es correcto o no. Es imperioso que ya te pongas en contacto con un abogado laboralista. El intercambio epistolar en materia laboral es "visceral"; cualquier "paso en falso" puede condenarte en forma categórica.
(Tu empleado procura colocarse en situación de despido indirecto, tratando de crear una injuria que lo autorice a resolver el contrato con derecho a la percepción de las indemnizaciones).
Saludos y suerte!