Colegas solicito su opinión y ayuda. Inicie juicio de demandando indemnizacion por fallecimiento. Mis poderdantes son la viuda e hijos de una persona que presto servicios como Jefe de Dpto contable, durante 30 años, y percibiendo un haber de $1500.- segun certificado expedido por la patronal, que obra en original agregado por nuestra parte como prueba de la relacion laboral y tambien testigos. Pero la realidad es que el difunto empleado trabajo 40 años en negro en una concesionaria de venta de autos ford, llevando la contabilidad de la empresa, sin ser contador. Estaba practicamente todo el dia, excediendo su jornada laboral etc. muy tipico de una persona que tiene sobre sus espaldas la empresa. La viuda demanda con sus hijos la indemnizacion ya que la empresa al fallecer solo le dio dinero a modo de gratificación y no de indemnizacion. Hoy la concesionaria al contestar la demanda interpone la excpcion de falta de legitimacion pasiva porque dicen que el difunto estaba bajo contrato de locación de servicios ( aunque no presenta prueba alguna de ello) porque era muy amigo de los dueños y porque no queria que se le hagan aportes, ni descuentos porque el tenia otro puesto en la administracion publica provincial. Al no verificarse los requisitos de toda relacion laboral: dependencia, tecnica, juridica y economica, no corresponde hacer lugar a la demanda.
Sólo tenés que demostrar en juicio la existencia de relación laboral (en orden a la verificácion de los extremos que la tipifican: subordinación técnica, económica y jurídica).
Acá en Santa Fe, este tipo de excepciones las resuelve el Juez al tiempo de dictar sentencia; y la contestación a las excepciones planteadas los abogados podemos hacerla, en forma alternativa dentro de los tres días de notificados ó al momento de la audiencia de conciliación.
En tu contestación, ratificá lo aducido en demanda, haciendo hincapié en la existencia del contrato de trabajo, etc, etc. Solicitá el desestimamiento de las excepciones interpuestas, con imposición de costas.
De hecho, cuando pruebes la relación de dependencia en el proceso(con cualquier medio de prueba) echás por tierra el planteo de la contraria.
Saludos!