Hola.... me podrían ayudar en cuanto al articulo 34 de Ley 26361... que habla sobre la revocación de aceptación de las consideradas "ventas agresivas" .. ?? Tengo que buscar información sobre el mismo tema pero en legislaciones extranjeras y comparar el articulo reformado con el anterior de la ley 24240 ... y la verdad que se me está complicando el tema...
Hola, a lo que te referis es al art. 34 de la ley 24.240, reformado por el 14 de la 26.361 en abril de 2008, el caso es que ante esa oferta en la cual el consumidor no tiene la posibilidad de ver el bien, la ley le otorga un plazo de 10 días corridos para que este lo devuelva poniendolo a disposición del vendedor sin tener responsabilidad alguna.
espero haber ayudado
suerte