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  • accidente se termina el contrato

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #358653  por sete
 
Tengo un trabajador con contrato de trabajo por 6 meses. A los 2 meses de trabajo se accidenta, está siendo atendido por la ART y aún no tiene alta médica. Se le está por terminar el contrato, qué pasa si no le dan el alta hasta ese momento?
Trabajaba en un supermercado y le pagaban horas normales (que no siempre eran iguales) y horas extras. Desde el accidente está cobrando menos del monto más bajo que cobró por horas normales durante los 2 meses que laboró, está bien? no se aplica el art. 12 de la LRT? y no le deberían estar pagando tambien sobre el monto de las horas extras? Tengo un mareo terrible y encima no tengo experiencia en accidentes laborales, por eso no se para donde correr!!! Una ayudita porfi!!!!
 #358984  por MORGAN
 
Pese a lo que dice el art. 239 LCT, el empleador igual debe preavisar, sino se transforma en un contrato por tiempo indeterminado.
Por el ingreso base sacá la cuenta es el sueldo por el tiempo trabajado se incluye el SAC. No se suman las horas extras.
 #359116  por DAL
 
Revisá los recibos.
L diferencia debe estar en que la ART paga sobre salario sujeto a aportes. En la epoca de la sancion de la LRT esto equivalía al sueldo, ya que casi los unicos rubros no sujeto a aportes eran la comida y las asignaciones familiares. Y no habia problema porque la comida el trabajador no iba a trabajar y las asignaciones las pagaba igual el anses.
Hoy en cambio, una porcion importante del sueldo se compone de asignaciones no remunerativas, especialmente en empleados de comercio, sindicato que le toca por ser supermercado. Aumento que otorgan lo hacen con caracter no remunerativo, y así permanece un año o más, y luego siguen sumando conceptos no remunerativos. Hay meses que vos ves tres acuerdos no remunerativos por montos de 400 o 600 pesos, que realmente es muchisima plata en un sueldo.

Segun como esté, y cn que voluntad esté, el empleador puede dejarlo efectivo, o bien tambien renovarle el contrato un tiempo más.
Si no lo hace y cesa, la ART igual debe seguir brindando prestaciones por ese accidente.
Saludos!!
 #360323  por sete
 
muchas gracias por las respuestas!!!!
Morgan lo que decis del preaviso surge de jurisprudencia? tendrás para pasarmela?