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  • Adquisicion de bienes por parte del abogado de la sucesion!

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #359607  por Ntdavelp
 
Buenos días colegas!
Mi duda es si se puede realizar una cesión de derechos sucesiorios al abogado de la sucesión, o sea, si existen incompatibilidades para la adquisicion de bienes del acervo por parte del abogado que la tramito. Recuerdo haber visto algo del tema en civil, pero no puedo dar con la información.
Desde ya muchas gracias, y espero respuestas!
 #359783  por DrSan
 
Hola! El Art. 1361 Inc. 6º Cod. Civil prohibe expresamente a los jueces y abogados "contratar" sobre bienes de las causas en que hubiesen ejercido sus respectivos ministerios, por lo que existe una incapaidad de derecho establecida por la ley al respecto.-
A mi modo de ver, dicha cesion es nula.-
Saludos!