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  • Deuda como titular de una c. corriente

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #360167  por joseutrera
 
Muy buenas, mi problema es el siguiente.
Poseo una cuenta corriente donde soy titular con mi hermano, esa cuenta está ahí desde que tenemos 12 años (ya han pasado algunos años). Resulta que esa cuenta la teníamos los dos pero solo la usaba él, desde hace muchos años. Hace como unos meses me llegó una carta, en ella reflejaba un negativo en la cuenta, en la cual reflejaba una deuda de un préstamo, el cual mi hermano pidió. Me dirijo al banco para darme de baja sobre esa cuenta, allí me comunican que eso es imposible, ya que en ese momento esa cuenta posee una deuda y hasta que mi hermano no acabe con la deuda yo no podre salir de la misma.
¿Es eso cierto o solo lo hacen para asegurase un avalista? ¿Que puedo hacer en este caso?. Mi hermano ha tenido deudas de varias tarjetas de credito en esa cuenta anteriormente y el préstamo, ahora mismo, va pagando las cuotas al día y aun así no me dejan salir de esa cuenta.
Me gustaría saber que debo de hacer para darme de baja y a dónde dirigirme. Muchas gracias
 #360748  por yotebanco
 
La cuestión es confusa. Una cuenta no tiene deudas por otras cosas. Son productos independientes que pueden estar asociados entre sí. Es cierto que si los préstamos se pactaron con débito en la cuenta corriente o se pactó (lo que es común) que ante la mora pueda debitarse de la CC, ellos vana tener una garantía extra con tu cotitularidad.
Si la deuda es por préstamos o tarjetas (que son de titularidad exclusiva de tu hermano y no tuya), la cuenta no tiene deuda por sí misma. Además ni siquiera pueden rechazar la baja de una cuenta que tenga deuda. Lo que pasa en la práctica es que si le das de baja con deuda, el acuerdo se cae y la deuda se convierte en ejecutable inmediatamente. Lo que pasa es que no se puede dar de baja de una cuenta conjunta por voluntad de uno de los titulares- Te sugiero leer la ·reglamentación de la cuenta corriente· en la página del BCRA. Después le pedís a tu hermano cerrarla y al banco que le abra una a su nombre.
Sin perjuicio de todo lo anterior, ante la eventualidad de un reclamo por mora de tu hermano, podrías alegar falta de legitimación pasiva, pues el que prestó conformidad para que se debiten las cuotas de la cuenta fué el solo, sin tu consentimiento, y en las cuentas conjuntas se obligan con las firmas de los dos.
Saludos