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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #361204  por aguchi
 
Hola colegas, les hago una consulta, yo voy por el empleador.
Es que hay un despido indirecto controvertido.
La chica concurre al Ministerio de TRabajo, hay una audiencia en la cual le hicimos entrega de la certificación de servicios, pero no abonamos la liquidación final, la cual estaría fuera de discusión.
Mis clientes no quieren poner un peso ahora, además para poder usar ese dinero para un posible acuerdo en sede judicial que pronto se viene (va a reclamar horas extras, indemnizaciones, y un salario que fue abonado pero no firmó el recibo, quedó colgado, etc; por lo cual a lo mejor sería conveneinte arreglar dentro de lo razonable).
Ahora me llega otra citación del Ministerio de TRabajo para que abonemos liquidación final, bajo apercibimiento.
Ahora, la pregunta es... hay alguna sanción por no abonar la liquidación final, más que el tema de los intereses?
Gracias y saludos!
 #361214  por DAL
 
Salario, SAC, vacaciones??? nop, el art, 2 de la 25323 habla de otra cosa.
 #361223  por aguchi
 
Es que no pueden!
Yo siempre les hago pagar, incluso me he allanado parcialmente a las demandas y consignado la liquidación final, pero después se quedan sin plata para negociar.
Gracias DAL!
 #361243  por pablo28
 
tal cual dijo DAL, la liquidación solo son los días trabajados, vac propor. y sus SAC, eso tendrían que tener para pagar.
salu2