Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • segunto caso.dudas ayuda!!

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #361164  por feli
 
ayuda!!
Teodoro y Ramona contrajeron matrimonio existiendo impedimento de ligamen por parte del primero, en razón de encontrarse unido en matrimonio con Marcela con quien tuvo dos hijos, vínculo éste subsistente al momento de celebrarse el enlace.
Deducida la acción de nulidad de matrimonio por parte del Ministerio Público con fundamento en la causal de bigamia, contestaron ambos cónyuges.
Teodoro solicitó su rechazo invocando la falta de legitimación activa del agente fiscal para requerir la declaración de nulidad, por carecer de un interés legítimo. Ramona, por su parte, se limitó a contestar demanda y pedir que al momento de sentenciar se declare su buena fe, en razón de que Teodoro le confesó su unión con María momentos antes de contraer matrimonio.
Cuestiones a resolver:

1.- Resulta correcta la interposición de la demanda por el Ministerio Público?

2.- Si Teodoro hubiera fallecido durante la tramitación de la causa, ¿resultaría relevante este hecho a los fines de la prosecución de la causa?

3.- Si Teodoro hubiera fallecido antes de la interposición de la demanda ¿quiénes estarían legitimados para interponer la acción de nulidad del matrimonio?

4.- Declararía Usted la nulidad del matrimonio ? Si así fuera ¿ con qué efectos: buena o mala fe de los cónyuges?.
 #361201  por chiqui79
 
A LA PREGUNTA UNO: si es correcta la interposicion de la demanda por Ministerio Publico, puesto que el estado es el primer perjudicado en un caso de bigamia (por ejemplo podria cobrar dos pensiones el dia de mañana ilegitima la segunda, amen del interes general y de que es una cuestion de orden publico).
A LA DOS: la causa sigue igual con los herederos de teodoro (excepto la accion penal), porque difiere la trasmision de bienes segun sean gananciales o propios.
A LA TRES: antes de la interposicion de la demanda resultan legitimados los herederos de ramona, porque pueden acreditar interes legitimo por los bienes de ella a trasmitir, y los herederos de Teodoro porque puede existir un interes en no dividir con la conyuge (la segunda) los bienes de la herencia. Y Ramona, obvio si es superstite.
A LA CUATRO: Declararia la nulidad por impedimento de ligamen, hay mala fe de las dos partes porque ambos conocian antes del matrimonio el impedimiento.

Las citas legales te las debo!!!!! jajajaj
espero haber sido clara, saludos
 #361235  por feli
 
si dentro de todo fuiste bastante exacta. a mi me tomo bastantes reglones poder explicarlo..me parece que esta bien con algunas diferencias en la manera en que yo lo explico.me enrriedo mucho.muchas gracias.
 #362132  por chiqui79
 
segurisima. se me puede escapar algun legitimado mas. podria ser algun acreedor de bienes tambien. pero los que puse para mi estan bien.
 #362427  por pablo28
 
feli: con todo el respeto que t mereces, son preguntas muyyyyyyyyyyyyyy básicas las que haces, si lees un poco la bibliografia de tu cátedra lo vas a contestar vos mismo, se nota que t estas valiendote de este portal para que t hagan los tps de la facultad. Asimismo en la otra pregunta que hiciste,posteaste como opinión tuya lo que yo t mande por mensaje privado, lo que me parece POCO ético.

T aconsejo que leas, xq de lo contrario cuando t recibas, t va a costar muchoooo el ejercicio profesional
salu2.