Hola les escribo porque patrocino a la actora en un divorcio que iniciamos por el 214 inc. 2, ya concluyo la etapa conciliatoria porque la demandada no acepto ninguna de nuestras propuestas (tremendo capricho ya que a pesar de no haber bienes de la sociedad conyugal mi cliente le aseguraba una cuota alimentaria reducida, obra social y un derecho de usufructo vitalicio sobre un inmueble de su propiedad.. en fin... estan emperrados en reconvenir por divorcio culpable). Esta gente esta separada de hecho hace ocho años (epoca en que se tramito un alimento asique esta probado) y los hijos son mayores de edad, por lo cual, menos se entiende todavia.
Mi pregunta es: no se me ocurrio dejar asentada nuestra oferta en la audiencia de conciliaciòn, pero quisiera saber si es posible presentar un escrito, dejando constancia del ofrecimiento (sin reconocimiento de derecho alguno) o me conviene esperar a la proxima audiencia si o si, y si no aceptan dejar que conste en actas??
Normalmente no hago familia asique si me dan una mano se los agradezcoo!!!!
Mi pregunta es: no se me ocurrio dejar asentada nuestra oferta en la audiencia de conciliaciòn, pero quisiera saber si es posible presentar un escrito, dejando constancia del ofrecimiento (sin reconocimiento de derecho alguno) o me conviene esperar a la proxima audiencia si o si, y si no aceptan dejar que conste en actas??
Normalmente no hago familia asique si me dan una mano se los agradezcoo!!!!