Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Acc. de Trabajo.

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #362010  por ErwinAndreThiago
 
queridos amigos:
ante todo una vez mas gracias por existir y espero pronto estar del lado de uds. para poder darles una mano en esta noble tarea, pero ahora es mi hora de aprender.
consulta:
Referencia una persona con 2 meses de antiguedad se accidento, se hizo la denuncia ART Provincia, donde hicieron caso omiso del siniestro, la persona hace seis meses que esta con asistencia medica publica y rehabilitacion, tiene toda la documentacion pertinente y la Art no le ha abonado aún ningún sueldo, ni lo han citado a control. al mes del accidente ante requerimiento de la ART entrego antecedentes y documentacion del tratamiento. Se trata de u zanjeador de 59 años carenciado y deseo darle una mano. Nuevamente Gracias.
 #362524  por turiddu
 
Querido Erwin:

Lamentablemente situaciones como la que nos comentás suceden a diario, máxime teniendo en cuenta que el ente encargado de procurar asistencia al trabajador siniestrado es ni más ni menos que una entidad de derecho privado con fines de lucro. Aún así, no todo está perdido; a mi modo de ver las cosas, y a tenor de lo previsto en el art. 21 de la LRT (vale decir, divergencia entre la ART y el trabajador o sus derecho/habientes), deberías instar el procedimiento ante las Comisión médica jurisdiccional correspondiente. Sin perjuicio de ello, y si la situación es apremiante - dependiendo de la jurisdicción en la que litigues - bien podrías aperturar la instancia conciliadora o iniciar la acción ordinaria correspondiente. Un fraternal abrazo.-