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  • ACCIDENTE LABORAL, VA LUCRO CESANTE??

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 #359796  por diegogvillamayor
 
Hola que tal mi consulta es la siguiente, mi cliente cartero, la enfermaedad laboral es hernia de disco, estamos en etapa de prueba y me hicieron una oferta.
Solo se reclama por la enfermedad, luego que le dieron el alta lo echaron y le pagaron todo bien. Menos el tema de la hernia.
Supuestamente segun mi medico tiene una incapacidad del 25 % por una hernia de disco leve.
Ahora la consulta es la siguiente, habien realizado el planteo de inconstitucionalidad y demas cuestiones en una futura sentencia igulamente solo se toma en cuenta el monto por la enfermedad es decir ese 25 % o tambien puede caber un lucro cesante o algo por el estilo??????????

saludos y gracias por su respuesta.
 #359808  por DAL
 
El lucro cesante considerado como los días de trabajo que perdio, corresponde, ya que la enfermedad debio haber originado haberes a cargo del empleador o de la ART.
En cambio como lucro cesante futuro, se indemniza dentro del 25% si es que usas la formula de la LRT, de lo contrario se pide como un rubro dentro de la demanda como cualquier reclamo civil.
 #359852  por diegogvillamayor
 
hola DAL , gracias por responder, ese es mi problema, esto es en capital, el estuvio con la art 1 año casi y le pagaron todo, luego le dan el alta y a las 20 dias lo despiden y le pagan todo tambien. Menos el tema de la enfermedad que no se la reconocen.
Yo armo la demanda pidiendo la inconst de la lrt y demas.
Y pongo como daño material ese 25 % y ademas le sumo como lucro cesante todos los salaarios hasta que se deberia jubilar. Esto esta bien?
El tema es que de daño por enfermedad me da 70.000 ponele y de lucro me dan como 380.000...............
y ahora me hacen una oferta teniendo en cuenta solo los 70.000 me ofrecen la mitad, lo que no se es si los laborales de capital (26) estan dando lucro cesante, porque sino mi demanda es de casi 500.000 y si solo me dictan sentencia por los 70.000 .....................
Comprendes?????????
 #359911  por DAL
 
No le reconocen que tenga incapacidad, esto es?? lo dan de alta plenamente respuesto, sin incapacidad.

El daño material, no son los 70.000. Tal vez.
El daño material o daño emergente son los gastos médicos, rotura del auto, etc. Presentes y futuros estimables ( un tratamiento prolongado de psicología por ejemplo)
Lucro cesante es la perdida de ganancia, actual y futura: la actual son los salarios por enfermedad, que le ha pagado el empleador o la ART. Futuro es el menor salario que percibirá por su dolencia. Esto es muy relativo ya que tiene que ver con las posibilidades de reinsercion laboral.
El resto será daño moral.

Te estas enfrentando con los problemas de la accion civil en laboral, que no es asi nomás, son dos prespuestos distintos de responsabilidad con montos diferentes y pautas diferentes.
Tene en cuenta que de todo tiene que tomar como pago a cuenta lo percibido por parte de la ART.

Por acá lo que yo sé, quizá alguno de los chicos que hacen más daños en laboral te puedan dar pautas más cercanas a como verlo.
Saludos!
 #359980  por diegogvillamayor
 
hola, claro el tema es ese no le dan incapacidad ya que hernia de disco no se la considera enfermadad laboral segun la LRT.
Gastos medicos no tiene y lo que tuvo lo cubrio su obra social.
el medico le dijo que siga asi y si le duele tome algo pero nada mas... no hay tratamiento ni nada, es leve la hernia.
La posibiliad de reinsercion yo planteo que es complicado por los pre ocupacionales, pero por ejemplo ya consiguio laburo en blanco y recien ahora me avisa....

claro esta reclamo daño psico y digo que tiene que hacer un tratamiento y daño moral....

Pero mi pregunta en si es si saben si los laborales de capital estan fallando en un caso asi con lucro cesante y demas o no.....

saludos y gracias.............
 #359998  por ignaci0
 
En capital los rubros que proceden son los siguientes:

1) El resultado de la formula del fallo "Méndez Alejandro Daniel c/ MYLBA S.A", que modifica la Vuotto, abarca tanto daño por lesion como lucro cesante/ daño emergente.
2) Daño Moral (generalmente entre el 20 y 30 % del punto 1)
3) Daño Psicológico
4) Daño material (como explica Dal arriba)

Según como sean los hechos y como hayas fundado la demanda, por lo general no hay mucho que probar y siempre salen favorables (si se plantea bien el tema); por lo cual tené en cuenta eso para un arreglo previo.

Saludos
 #359999  por DAL
 
diegogvillamayor escribió: La posibiliad de reinsercion yo planteo que es complicado por los pre ocupacionales, pero por ejemplo ya consiguio laburo en blanco y recien ahora me avisa....

Juazzzzzzzzzzzzzz hay cada uno!!!
Si la hernia es leve, su causalidad laboral es harto discutida, pasó un examen de ingreso, no se opera, y además de que cobró todo te ofrecen 35.000 pesos, cerrá!

Naaaaaaaa ni idea los tribunales de Capital.
 #360955  por sergiosky
 
yo ando buscando alguien que explique con un caso practico la formula mendez, pero que hagan de cuenta que soy un nenito de jardin :oops:
si es posible hagan dibujitos, etc. :mrgreen:
 #361213  por diegogvillamayor
 
hola como estan, me pasa lo mismo que al colega de arriba, lo lei 1 sola vez y no comprendi la formula para el lucro.
los datos son estos
edad 29
salario 1300
incapacidad segun mi medico 25%

como empleo la formula para sacar el monto de lucro????????????
 #361219  por DAL
 
Sorry, aca no se aplica. La lei cuando la posteo Tomás y me alegré de que aca no se aplique porque no entendí naaaaaa!
Y aca daño psicologico no se indemniza aparte, va dentro del daño moral , salvo la porcion de tratamiento necesario para repararlo que va dentro de daño emergente.
 #361309  por sergiosky
 
como que nos e aplica? y que metodo utilizan para calcular la reparacion integral?
explicalo detalladamente :evil: , y si es posible con un ejemplo, es mas!!! yo te lo doy, ahi va: cobraba $1400, 20% de incapacidad y 56 años.
:mrgreen:
 #362197  por DAL
 
La formula Mendez es una elaboracion de las camaras de Buenos Aires, que no rigen en SAnta Fe.-
 #362241  por diegogvillamayor
 
ok, eso lo entendimos creo.
lo que no entendi es como se aplica esa formula. Podria alguien explicarla con un caso claro.

gracias
 #363901  por ignaci0
 
diegogvillamayor escribió:hola como estan, me pasa lo mismo que al colega de arriba, lo lei 1 sola vez y no comprendi la formula para el lucro.
los datos son estos
edad 29
salario 1300
incapacidad segun mi medico 25%

como empleo la formula para sacar el monto de lucro????????????
Para este caso el total daría, $182.694,78 y generalmente el 28%+ por daño moral, podes sumar daño estético y gastos si tuvieras.-
Recomiendo a los que hagan laboral, hagan un curso urgente de formula mendez (yo lo hice en la AAL), con una clase de hora y media basta, no se como explicarlo bien...
Sino pueden busacar la fórmula del fallo mismo, que está en internet, y pedirle a algun contador o matemático que los ayude, saludos!

Y en serio gasten unos pesos y hagan el curso...