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 #362659  por lorena2315
 
Hola soy nueva en el foro, haber si alguien me puede dar una mano. Si una persona dueña de un local tiene la habilitación a su nombre y fallece, que pasa con la habilitación, cae por si y hay que darle la baja? si tiene herederos hay que hacer sucesión y se hereda?, Si los herederos no la quieren pueden darle la baja una vez fallecida? Si hacen sucesión la pueden ceder en el expediente? En este caso es lo único que tiene esta persona fallecida a su nombre la habilitación, Nose muy bien como se maneja este tema y es para darle la mano a unos amigos, Muchas gracias besos y el foro es re buena idea, por lo menos no nos sentimos tan solos en nuestro comienzo. Gracias!!!
 #362677  por SALINASPAU
 
No, la heredan si piensan seguir con el fondo de comercio. Lo mas seguro es darla de baja por fallecimiento sobre todo por las deudas que se generan.
suerte
 #364105  por lorena2315
 
Entonces llegado el momento se puede dar de baja presentando certificado de defunción y demás y darle una nueva alta por otras personas que quieren reflotar el negocio???? No pasa nada con el tema de los herederos que no quieren seguir con el negocio??? Saludos. Gracias!!!