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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #364131  por GABBO
 
Buenas, les cuento mi caso para ver que opinan. Soy abogado por parte del empleador, mandamos un telegrama por negación de tareas a un comercio pequeño, al pasar mas de una semana de recibido por ellos el telegrama y no obtener respuesta mandamos otro para considerarnos despedidos (era el objetivo que buscabamos y por eso no reiteramos reclamo ya que mi cleinte por malos tratos no queria volver, se que lo mejor es siempre repetir el reclamo pero en este caso no lo podía hacer porque lo iban a hacer volver al trabajo). Al otro día que enviamos este telegrama ellos nos envian uno diciendo que mi cliente se reintegre (todavía no había recibido el nuestro pero no importa porque ya estaba vencido el plazo y nosotros enviamos el telegrama primero y ellos lo recibieron antes que nosotros tengamos el de ellos, auqnue se que lo mejor es sentar precedente).
El tema es que en este lapso de un mes ya los intimamos tres veces a que paguen la indemnizacion correspondiente y los certificados art 80, aclarando que mi cleinte se considera despedido por su exclusiva culpa a lo que ellos ya en tres oportunidades responden diciendole que se presente a trabajar o van a considerar abandono de tareas.
Que opinan que puedo hacer porque se que el juez valora mucho cuando se le da oportunidad para volver al trabajo. Yo juego con que ellos contestaron cuando mi cliente ya se daba por despedido y nosotros no es que contestamos el telegrama 48 hs despues de recibido el telegrama sino que dejamos pasar 5 días habiles (el comercio tb trabaja los sábados) con lo cual le dimos oportunidad de contestar el telegrama.
 #364278  por aguchi
 
Yo creo que tendrías que iniciar la demanda nomas. incluyendo el art 2 ley 25323, ya que supongo intimaste a abonar las indemnizaciones bajo ese apercibimiento.
Ahí vos ya pusiste fin al vínculo.
El debate será si el juez considera que tu despido estuvo bien dispuesto, o no, por ser intempestivo o apresurado (cosa que no creo ya que vos te aseguraste que desde que ellos recibieron la intimación pasaran los días correspondientes y un poco mas, y llegó antes tu notificación de rescisión del cto de trabajo).
Saludos!
 #364925  por GABBO
 
Muchas gracias Aguchi por tu respuesta. Coincido con vos, voy a términar el intercambio epistolar y ya voy a sacar turno en el seclo, si no prospera demanda