Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Leyes para Internet ?

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #363287  por DanielCinet
 
Buenas Noches a todos, tengo un problema y quisiera saber si se puede hacer algo al respecto.

quizas para muchos sea una tontera, y seguramente lo sea, pero a mi me molesta muchisimo y me tiene bastante mal.

el tema es que estoy registrado en un foro de reptiles de aca, de Argentina, y por problemas personales con el administrador me prohibio el acceso al foro, en nigun momento quebrate las normas de dicho foro ni nada por el estilo, pero bueno, el problema es que quiero que se eliminen mis datos de esa pagina, que se de de baja mi usuario, pero los administradores del sitio no lo quieren hacer, osea que estoy registrado contra mi voluntad y hay informacion que en algun momento yo postee con mi nombre de usuario y mis datos y se reusan a eliminarla, despues de pedirselos en reiteradas ocaciones ya no se que hacer.
nose si habra en Argentina alguna ley para internet que prohiba o sancione cosas como estas, repito, quizas sea una estupidez, pero para mi es importante no pertenecer mas a esa comunidad.

desde ya les agradezco cualquier ayuda con este tema.
Saludos, Daniel.-

PD: si el post no va en esta seccion pido disculpas pero no sabia donde ponerlo.
 #364656  por nonbis
 
Es interesante y más común de lo que se pinsa. Sobre ese asunto en particular no hay legislación, puesto que la LPDP se aplica aotros casos, Lo único que se me ocurre es ir por el 1071 CC. De dónde sos? Si de Córdoba, enviame MP. Saludos
 #364875  por yotebanco
 
Disculpame, hay algo que no entendí. Es una empresa argentina, con domicilio y demás atributos de la persona jurídica? Y aunque no lo sea, tiene un responsable? Porque en ese caso, al margen que el medio de comunicación sea internet (es solo un medio) le caben las generales de la ley respecto de la conservación y supresión de datos personales (ley 25.326). Si tu problema es justamente ubicarlos, Fijate en nic.ar quien registra y quién hostea el dominio y empezá tu pesquiza por ahí.
Saludos
 #365167  por nonbis
 
Respetuosamente disiento. Los foros no son "entes destinados a brindar datos personales a terceros". Su naturaleza jurídica es muy distinta. El objeto principal es difundir opiniones concernientes a un tema en particular. La ley 25326 no tiene "generales de la ley", ya que es una ley especial (es más, su procedimiento es "especial" dentro del general de amparo) y su art 1º es MUY específico. El medio no está en discusión, no interesa a los fines de la protección de los derechos tutelados, sino el objeto y la actividad principal del ente que registra los datos. Este tipo de actividad no encuadra en la Ley de protección de datos personales, pero puede haberse incurrido en abuso de derecho. No es conclusión final, dado que faltan muchos detalles sobre el vínculo y sus características, pero definitivamente NO INTEGHRA EL OBJETO DE LA LPDP. Saludos
 #366230  por drgallegol
 
Hola,

En mi opinión, para este tipo de casos, los cuales no se encuentran reglados, me parece adecuado utilizar una medida autosatisfactiva.

Saludos.
 #390610  por orrm
 
Estimados colegas:

La ley de protecciónn de datos personales si aplica al presente caso, ya que la la misma DNPDP en el link que les adjunto (
http://www.jus.gov.ar/dnpdp/instruccion ... untas.html) define que se entiende por "banco de datos destinados a dar informes".

(....De esta manera, cuando se accede a una base que interrelaciona datos y produce una serie de informaciones acerca de una persona determinada, se configura la acción requerida por la norma: "brindar informe". En ninguna parte de la norma se indica que para que la protección de la ley adquiera virtualidad debe tratarse de un destino único y exclusivo de brindar informes. Alcanza con que uno de los usos que se le da a la base de datos sea brindar información o describir algo sobre una persona determinada o determinable para que rija la protección de la ley. Tampoco la norma exige que el destinatario del informe deba ser una tercera persona ajena al responsable o usuario de la base de datos, sino que también abarca los usos internos de la información personal).
En la práctica, solamente los bancos de datos que uno tiene en los telefonos móviles, agendas o similares son los que no tienen la guarda de la ley (y por lo tanto no deben ser registrados), el resto (sea de un banco, entidad financiera, empresa pública o privada, profesional liberal -abogado, contador, etc) entra en la definición.
Slds
 #390743  por nonbis
 
Buena data, colega. Me disculpo y aprendo algo nuevo y sumamente valioso. Saludos
 #390954  por orrm
 
Estimado Nonbis, para que nos ayudemos entre todos y seamos mejores profesionales está el foro, y la experiencia de cada uno de acuerdo a lo vivido en su trabajo diario es el mejor aporte (pues en el derecho nada es blanco o negro, todo depende del caso que le tocó a cada uno).
Saludos