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  • perito a quien cobra sus honorarios?

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #365362  por tourv
 
El tema es asi: un trabajador demanda al empleador por cobro de pesos. En primer instancia se dicta sentencia que dice asi: " 1) rechazar con costas, las tachs interpuestas contra los testigos...2) hacer lugar parcialmente a la pretension y en consecuencia condenar a la dueña de la empresa donde trabajaban a pagar a los actores la suma de.... 3) oportunamente se regularan honorarios
Esta sentencia es apelada y en segunda instancia se resuelve: declarar desierto el rec de apelacion interpuesto por la dmandada. Desestimar el rec de apelacion interpuesto por la actora... con costas a la perdidosa. Hacer lugar al rec de apelacion interpuesto por la actora ...con costas a la perdidosa.
Se regularon los honorarios del perito el 8 de mayo de 2007 y se notifico a ambas partes el 5 de junio de 2007.
Se puede iniciar juicio de apremio no? Tporq tengo entendido que para q opere la prescricion tienen q haber transcurrido 10 años desde la sentencia firme.
Contra quien voy en el jucio de apremio? Yo pensaba ir contra la empleadora.
Gracias
 #365503  por SALINASPAU
 
Por empezar me parece que no es juicio de apremio que usa el fisco cuando te demanda apremio, sino ejecucion de honorarios. lo segundo, primero se notifican y una vez que esten firmes, recien ahi comienza a correr el plazo de prescripcion. otra cosa, luego primero se le reclama a quien debe abonarlos, segun lo fijo al sentencia, recien si este no los tuviere, el cliente que te contrato, es solidariamente responsable para el pago.
 #365779  por Fernando41
 
Si tu cliente es perito oficial (no consultor tecnico o perito contraloreador) reclama el pago de los honorarios al condenado en costas, que en este caso es el empleador.
Por lo que decis, parece que la sentencia hizo lugar parcialmente a la demanda entablada por el trabajador, pero impuso de todos modos las costas totales al empleador. Veo que no hablas de vencimientos mutuos, de que el juez haya distribuido un porcentaje de costas a cargo del empleador y otro a cargo del trabajador.
Si la sentencia hubiera impuesto por ej., un 70 % de las costas al empleador y un 30 % al trabajador, entonces tendrias que reclamar esa proporcion a cada parte. Es decir un 70 % al empleador y el 30 % restante al trabajador.
En cuanto al tramite a seguir, te aclaro que soy de Cordoba y no conozco el Codigo Procesal Laboral de Santa Fe. En mi provincia, el Codigo Procesal del Trabajo, da el tramite del juicio ejecutivo para el cobro de costas liquidadas en el fuero del trabajo. Pero en el sistema del Codigo nacional, p. ej., el cobro de honorarios tramita como una ejecucion de sentencia, es decir como un incidente dentro del juicio principal.
Te conviene mas un juicio autonomo que un incidente. Por los honorarios que te van a regular. Pero eso tenes que verlo en el Codigo Procesal Laboral de Santa Fe. Normalmente, a los peritos oficiales se les reconocen los mismos derechos y garantias que se les acuerdan a los abogados para el cobro de sus honorarios.
 #365784  por Fernando41
 
Se me olvido evacuar tu duda respecto a la prescripcion. La accion que queres iniciar para cobrar los honorarios no esta prescripta. Para el cobro de honorarios regulados rige el plazo decenal de prescripcion del art. 4023 del Cod. Civil. Lo que prescribe a los 2 años es el derecho a pedir regulacion en caso que los honorarios no hubieran sido regulados.