Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Consultas varias.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #365395  por masanto
 
1) Existe alguna reglamentación que establezca que en una empresa (en este caso un sanatorio privado) un empleado que desde hace más de 5 años que está en "Atención al Cliente" pueda pedir cambio de sector (por lo estresante de la actividad) bajo apercibimiento de considerarse despedido si no se lo conceden?...

2) El mismo empleado maneja sumas importantes de dinero mensualmente y percibe en concepto de fallo de caja, $300, que se lo incluyen como concepto remunerativo en su recibo de sueldo. ESto es correcto?... El fallo de caja es remunerativo?... Puede pedir un aumento de dicha suma en base a la excesiva cantidad de dinero manejada a diario?....

Muchas gracias!!!
Saludos!
Alejandra.
 #365497  por SALINASPAU
 
masanto escribió:1) Existe alguna reglamentación que establezca que en una empresa (en este caso un sanatorio privado) un empleado que desde hace más de 5 años que está en "Atención al Cliente" pueda pedir cambio de sector (por lo estresante de la actividad) bajo apercibimiento de considerarse despedido si no se lo conceden?...

2) El mismo empleado maneja sumas importantes de dinero mensualmente y percibe en concepto de fallo de caja, $300, que se lo incluyen como concepto remunerativo en su recibo de sueldo. ESto es correcto?... El fallo de caja es remunerativo?... Puede pedir un aumento de dicha suma en base a la excesiva cantidad de dinero manejada a diario?....

Muchas gracias!!!
Saludos!
Alejandra.
Que sepa, reglamentacion no existe. Tendrias que ver el CCT de sanidad, que es el que corresponderia por encuadre. Salvo que exista prescripcion medica, para el pase, y que deberas ir judicialmente para obtenerlo. Porque entrariamos en el caso de una enfermedad profesional, (razones medicas) que obviamente no estan en el listado que de enf. prof.
Respecto del tema manjero de dinero, hay quer revisar el CCT si lo contempla y si nada dice, ver la LCT si algo maneja al respecto.
suerte