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  • SANTANDER RIO - CUENTA SUELDO - DESVINCULACION

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #210466  por ptoscano
 
POR FAVOR NECESITO DE SU AYUDA

HACE 2 AÑOS Y MEDIO YO TRABAJABA EN UN LUGAR Y ME ABRIERON UNA CUENTA SUELDOS EN EL RIO. ME DESVINCULE A LOS 3 MESES Y HOY QUE INGRESO A UN NUEVO TRABAJO QUE OPERA CON EL MISMO BANCO ME ENTERO QUE LA CUENTA SIGUE ABIERTA.
LA NUEVA EMPRESA ME ABRE UNA CUENTA SUELDOS EN LA NUEVA SUCURSAL Y ME INFORMAN QUE PARA PODER COBRAR TENGO QUE CERRAR LA CUENTA ANTERIOR.
HOY VOY A LA SUCURSAL A CERRAR LA CUENTA Y ME LLEVO LA SORPRESA QUE ME QUIEREN DEBITAR 300 PESOS POR LOS 2 AÑOS Y MEDIO DE MANTENIMIENTO DE CUENTA. UNA CUENTA QUE JAMAS USE LUEGO DE LA DESVINCULACION, QUE LA ABRIO LA EMPRESA Y QUE SEGUN TENGO ENTENDIDO ES EL EMPLEADOR ANTERIOR QUIEN TENIA LA OBLIGACION DE CERRARLA....
POR FAVOR....HELPPPPPPPPPP

 #211680  por martha
 
Tengo entendido que las cuentas sueldo no tienen costo para el trabajador.Al desvincularte y retirar tu sueldo, tendrias que haber dado de baja la misma. Pero como la abrió la empresa, me parece que debes contactarte con la parte de personal de la misma y que arreglen el tema.
Igual te queda la opcion de defensa del Consumidor para radicar denuncia ya que te perjudica en la apertura de la nueva cuenta.
Tengo por costumbre aconsejar a mis clientes que una vez desvinculados de un trabajo procedan a cerrar cuentas, devolver tarjetas, etc, porque simpre traen dolores de cabeza estos temas, espero que mi comentario le sirva, tal vez algun otro colega pueda aportarle alguna otra sugerencia.

 #211815  por MORGAN
 
Es cierto la cuenta sueldo es gratuita para el trabajador y al romperse el contrato de trabajo es el empleador quién tiene que comunicar dicha circunstancia al banco a fin de que cierren la cuenta, el trabajador nada le debe al banco.
 #211896  por ptoscano
 
MORGAN escribió:Es cierto la cuenta sueldo es gratuita para el trabajador y al romperse el contrato de trabajo es el empleador quién tiene que comunicar dicha circunstancia al banco a fin de que cierren la cuenta, el trabajador nada le debe al banco.
 #222586  por tuclavefiscal
 
Disculpame pero te estan informando mal. Cuando termina la relacion laboral tu cuenta va a estar a cargo del empleador por 3 meses mas. Pasado ese tiempo es responsabilidad tuya cerrar la cuenta. El empleador lo unico que hace al banco es comunicar el cese de la relacion con el empleado a fin de evitar pasados esos 3 meses seguir pagando la mantencion de la cuenta.

Te digo esto por que a pesar de que liquido sueldos en cuentas de banco a un amigo le paso y tuvo que pagar 150 mangos en el HSBC. No queda otra!!!

 #222633  por diegogvillamayor
 
es como te dicen, es responsabilidad tuya cerrar la cuenta.
saludos

 #222726  por carlatoledo
 
Te cuento que trabajo en un banco. Si bien la titularidad de la cuenta esta a tu NOMBRE, la misma fue abierta por tu EMPLEADOR...
finalizada la relacion laboral, podes ir al banco e informar que deseas continuar con la cuenta y que te haras cargo del costo del paquete, o en su defecto podes NO HACER NADA, que es el empleador quien debe encargarse de cerrarla.
El banco va a intentar cobrarte a vos, pero si posterior a la desvinculacion NO LA USASTE no tenes que pagar nada...
seria un pago sin causa...
no tiene sentido.
igual no te cuesta nada... anda al santander y deciles que te la cierren y te ahorras notificar a tu ex empleador...
Saludos,..

 #222727  por MORGAN
 
Tuclavefiscal no le estamos informando mal. Además, dígale a su amigo que el banco que menciona no le debería haber cobrado siquiera un centavo y que le puede reclamar la devolución del dinero más intereses.
El empleador comunica el cese de la relación laboral con el trabajador y solicita el cierre de la cuenta, si no lo cree lea las resoluciones pertinentes.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "A" 3042 (20/12/99). Ref.: Circular OPASI-2-221. Depósitos de ahorro, pago de remuneraciones y especiales
Sección 2. Pago de remuneraciones, items 2.1 a 2.10.
Resoluciones MTSS Nros. 644/97; 690/99 y 360/01

 #222760  por marí­alore
 
Por lo que tengo entendido, es el empleador el que debe comunicar al Banco la desvinculación de determinado empleado para que el Banco cierre la caja de ahorro. Ahora bien, también me informaron que si en el momento en que el banco va a cerrar la cuenta, se encuentra con que queda saldo, NO LA CIERRA y a partir de ahí empieza a debitarle el costo de mantenimiento de la misma al trabajador.
Mas allá del manejo que hace cada banco ("cada maestro con su librito") y del régimen legal aplicable, yo aconsejaría retirar el último sueldo, o la liquidación final en su caso, x cajero humano, cosa de que no quede ni un centavito en la caja de ahorro, y acto seguido informarle al banco la voluntad de que cierren esa cuenta, para evitar "dolores de cabezas", aunque no le corresponda al trabajador hacerlo, lamentablemente después es el trabajador el que tiene que arreglarse el problema, así que es preferible perder 5 minutitos, y listo.- :wink:

 #222948  por mirandag2005
 
En la teoria es asi, los casos que yo conozco tuvieron que pagarlo para no tener problemas... que se le va a hacer

 #222994  por tuclavefiscal
 
A lo mejor me exprese mal, no te asesoraron mal. Lo hicieron pensando en que estamos en CANADA. ESTAMOS EN ARGENTINA!

El empleador informa al banco la desvinculacion de tu cuenta con la empresa (cuentas sueldos) y listo, despues se tiene que hacer cargo el empleado de cerrarla.

En cuanto a la gente que le gusta demostrar decretos y leyes, etc, etc, etc....el corralito es inconstitucional y??? si no hay monedas el banco tiene que pagar multa por decreto Y????

ARGENTINA!

 #232536  por Ariel 78
 
Estamos en Argentina y muchas cosas están mal, por eso los abogados tenemos más trabajo, y las leyes y decretos etc. son nuestras herramientas para tratar de corregir las injusticias.
Gracias Morgan por tu tiempo dedicado y aportes.
 #234551  por mariferchi
 
A mi me paso algo similar, me desvincule de la empresa en el año 1998 y luego de 7 años me llaman de la BNL para reclamarme una deuda que ni yo sabía que existía, es mas, cuando fui a averiguar, resulto que estaba mal mi domicilio, por ende no me podían notificar. Entonces fui con un abogado y luego de tanto traquetear, el banco tuvo que admitir su error (claro, con todo me reclamaban casi $ 7.000) Se imaginarán como estaba, al final todo se arregló y solo pagué $ 100 que era el mantenimiento de la cuenta sueldo. Aguanten los abogados !
 #366011  por guiale
 
Gracias Morgan por los datos de la circular A3052, hace rato que le reclamo a bco Credicoop, que no debe cobrar a mis empleados comision por mantenimiento de cuenta, en las cuentas sueldo, y hoy fui con la circular y reconocieron que es un error de ellos, pero que hay una especie de arreglo con las empresas para que pague mitad el empleador y mitad el empleado. :roll:
en la circular en el punto 2.7 dice que no se puede cobrar cargo o comisiones a ninguna de las partes.Gracias a todos por sus aportes
 #390291  por joaquinrac74
 
Con mi esposa paso lo siguiente, renuncio a su trabajo en octubre 2008, hoy dia en la central de info del banco central figura con el banco donde tenia la cuenta sueldo una deuda en situacion judicial por $ 1700???? al periodo 04/09. Estamos perdidos..., nos dicen que es por una cuenta corriente que el banco abrio luego del cierre de la sueldo por parte del empleador, mi pregunta es como se puedieron generar casi 2000 mangos en 6 seis meses de un producto del banco que no usaste, es decir por el mantenimiento...
Vamos al banco y te mandan al estudio que tiene el reclamo, vas al estudio y te dicen que ellos tienen el monto que hay que pagar y son los responsables por cobrar, que hacemos??? aunque sea para saber de donde salieron los 1700????????