Quisiera conocer vuestra opinión: Tengo un cliente con el que se firmó en un caso de homicidio culposo un abreviado: 2 años en suspenso (sin labores comunitarias) y 4 años de inhabilitación para conducir.Ahora bien, él trabaja en negro hace 4 años como chofer para un transportista quien a su vez trabaja para una fábrica de pinturas.El luctuoso accidente de tránsito se da cuando una fiorino se la cargan hasta el techo (esto le impedía la visión en la parte trasera) y en el asiento del acompañante, y en una maniobra de marcha atrás atropella a una anciana mujer que para colmo estaba cruzando en un lugar no admitido. Mi cliente, que carece de antecedentes, quedó muy mal luego de ello. Este juicio duró casi 3 años, pero me comenta que él siguió trabajando (ahora lo tienen como acompañante) y hasta lo hicieron conducir casi en las mismas condiciones. Hace como 6 meses lo hicieron anotar como monotributista. Mi consulta es: puede desde el punto de vista laboral iniciar alguna acción contra la transportista en solidaridad con la empresa de pinturas que le cargaron así esa camioneta fiorino? la camioneta pertenece también a la transportista, particularmente hay muchos elementos en el juicio penal (peritaje de la camioneta, hoja de carga,etc) que permitirían que alguien se haga responsable de los daños que todo esto le ha ocasionado a mi cliente. Uds. qué opinan?