Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONVENIO DISOLUCION SOC. CONYUGAL

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #367500  por ANIMI
 
Hola a todos!!
tengo un divorcio por present. conjunta...la duda es la siguiente, en el escrito de divorcio por pres. conjunta,
1) que TEXTO SE pone cuando las partes acuerdan extrajudicialmente la div. conyugal?
2) ese convenio que firman extrajudicialmente se homologa? en que momento? y de que forma?
3) que fecha debe tener el convenio de liqui.. de la soc. conyugal?

gracias a quien pueda darme una mano
 #367556  por fechelini
 
Hola Animi, espero que sea de tu ayuda.
Podés hacer el divorcio por un lado con los acuerdos de régimen de visitas, tenencia y alimentos si correspondiere al caso, y por otro y en forma privada el acuerdo de liquidación de la sociedad conyugal. En el escrito de demanada de divorcio solo tenés que mencionar que se declare disuelta la sociedad conyugal.
En cuanto al acuerdo detallas todo lo relaiconado con los bienes y su adjudicación y haces certificar la firma de las partes por un escribano. Luego cuando se hagan las transferencias de titularidades las partes lo hacen con escribano. El acuerdo debe tener fecha posterior a la disolución de la sociedad conyugal ya que antes no se puede liquidar. También lo podés hacer conjuntamente y aclarar que está en trámite el divorcio y que una vez decretada la sentencia de divorcio y cuando la misma se encuentre firme y consentida, como resultado de disolver la sociedad conyugal y en los términos del art. 236 del Código Civil las partes declaran que los activos y pasivos gananciales existentes al momento de la separación de hecho como asimismo los subsistentes al día, son los que se detallan en el acuerdo.
También podés mencionar que las partes se encuentran facultadas a presentarlo a homologación judicial.
En general no se presenta a homologación por los costos que ello conlleva, pero nada te lo impide.
 #367600  por Cari76
 
Hola, con respecto a la homologación, coincido que en gral no se homologa, ya que justamente se realiza en forma privada para no pagar costos de sellados, pero si en el convenio las partes, se comprometen a colaborar una con la otra para transmitirse algun bien y así no lo hicieran, lo que puede hacerse es ejecutar en convenio....
Besitos.-