Hola: Es posible convenir/arreglar entre las partes que un divorcio contradictorio (injurias graves por parte del marido/mi cliente) donde ya se clausuró la etapa previa y se fijó audiencia preliminar conforme art 842 cpcc Prov. tenga los efectos de uno por presentación conjunta (215 C.Civil) .
Dato: las partes se casaron en 2001, el demandado (mi cliente) dejo el hogar conyugal en 2008.
Saludos cordiales.
Dato: las partes se casaron en 2001, el demandado (mi cliente) dejo el hogar conyugal en 2008.
Saludos cordiales.