Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Servicio domí©stico- Muchas dudas

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #36419  por greta2109
 
Hola, tengo un cliente que tiene una empleada doméstica. La sra. trabaja 16 hs semanales. Ahora mi cliente quiere cambiarle el régimen de trabajo directamente a 8 hs semanales. (Alega que ya le debe 1 y 1/2 mes de sueldo más aguinaldo y que no puede pagarle más. Su idea es disminuirle el sueldo (y horas de trabajo) de ahora en adelante y pagarle lo ya trabajado) Y se llega hasta mí para consultarme si tiene que indeminizarla parcialmente o que tiene que hacer. Hasta donde sé, dado que el serv. doméstico no entra en la ley de contrato del trabajo (cuyo art. 66, prohibe modificar las condiciones de contratación en ese aspecto) podría hacerlo (es decir cambiarle las horas de trabajo y nada más), pero no estoy segura ni mucho menos si le corresponde a la empleada un resarcimiento económico por ello. Estoy en la prov de Chaco y espero que me ayuden. Aparte les agradezco mucho a los participantes del foro por que las opiniones intercambiadas que leo siempre me enseñan.
 #36600  por HERNAN3192
 
MIRA EXISTE EL ESTATUTO DE EMPLEADOS DOMESTICOS DEL AÑO 56.
NO ME ACUERDO EL NUMERO, ES MUY CLARO, TE PUEDO DECIR QUE PARA QUE TENGA DERECHO A LA INDEMINZACÓN ENTRE OTROS DERECHOS, TIENE QUE TRABAJAR 4 DIAS POR SEMANA Y COMO MÍNIMO 4 HORAS, LOS DOS REQUISITOS SON CONDICIÓN NECESARIA....ESPERO QUE TE SIRVA Y HASTA PRONTO
 #36642  por Ishtar
 
Hola,
Es 326/56 el número que dice Hernan.
Greta, deberías especificar en que días y horarios trabajaba para poder orientarte mejor...

 #36658  por greta2109
 
trabajaba 4 días a la semana, 4 horas cada día

 #36685  por jimena
 
calculo q nunca la regularizó, y cuanto hace q está trabajando?

 #36841  por greta2109
 
Está regularizada desde marzo 2006. Le paga con el formulario 102 de la AFIP. Antes de eso trabajó pero solo 2 veces por semana y no todos los meses. (más bien iba cuando la llamaban, pero no más de 2 veces por semana, esto fue así por casi 2 años; cuando le requieren con regularidad, la formalizan)
 #36866  por TORDO
 
a mi modesto entender, a tu clienta la quieren pasar de regimen de relación laboral de servicio domestico, a regimen de locación de servicios, es decir fuera del decreto, por cuanto se trataria de un despido, por lo cual deberia indemnizarla, conforme dec 326/56 y sus mod.- y despues podría continuar con el regimen de locación de servicios.-

suerte
 #36908  por Ishtar
 
Coincido con Tordo, sería conveniente para dejar bien en claro la disolución del vínculo por medio fehaciente.
 #36936  por jimena
 
Coincido. la indemnización igual es baja, pero es lo más conveniente y después que haga un contrato de Locac. de serv.
 #495179  por marira
 
Hola a todos: Por favor es la primera que debo interponer una demanda ante el Tribunal del servicio domestico, alguien podria ayudarme como se realiza y les agradeceria mucho si me envian un modelo y una liquidacion.- Mucgas gracias!!!!!