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  • compensacion de creditos?? excepcion

  • Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #368197  por ferchulin
 
HOLA GENTE, QUE SIEMPRE ESTANNN AHII...
TENGO UNA CAUSA DE EJECUCION FISCAL QUE ME INICIA AFIP, POR IMPUESTO A LAS GANANCIAS, CUESTION QUE EL FISCO ME DEBE UN MONTO MAYOR A MI POR CREDITO A MI FAVOR DEL IMPUESTO "IVA"
SE QUE EN EL ART. 545, DEL CPCC, ESTA LA EXCEPCION DE COMPENSACION DE CREDITO LIQUIDO DE DOCUENTO QUETRAIGA APAREJADA EJECUCION, COSA QUE TENGO, LO QUE NO SE ES QUE PROCEDIMIENTO O COMO PLANTEAR LA EXCEPCION Y SI ALGUIEN CON MAS EXPERIENCIA ME PUEDE AYUDAR CON UNA GUIA!! GRACIASSSSSS.-
:P
 #368367  por poorlaw
 
No se puede oponer compensación, y mucho menos entre conceptos impositivos distintos.

Las únicas excepciones admitidas son: pago total documentado, espera documentada, prescripción e inhabilidad de título fundada exclusivamente en vicios relativos a la forma extrínseca de la boleta de deuda (art. 92 ley 11.683).

Está vigente, hasta el 31/8/2009, la regularización impositiva ley 26.476 reglamentado por RG 2537, por deudas al 31/12/2007, aún las que se encuentren en discusión judicial, pero no están incluídos los conceptos "pagos a cuenta".

Saludos.
 #368381  por poorlaw
 
Olvidé una cosita: antes de hacer nada, recomiendo entrevistarse con el mandatario fiscal, y charlar con él para arreglar un plan de pagos.
 #369015  por ferchulin
 
Mil gracias por tu ayuda, pero tengo una inquitud, yo lei el art. 92 y efectivamente es como decis.
Pero lei el art. 28 de esa misma ley, y su comentario. por lo que dice q la administracion de ingresos publicos podra compensar.......
leyendo el comentario, decia que si la adminitracion puede, tambien el particular, se denomina, compensacion rogada, es mas, encontre varios fallos al respecto, de la c.s.j.n (tacconi) y de la camara de Rosario.
que pensas de esto?
saludos y graciass
 #369071  por poorlaw
 
Hola ferchulin:

Tenés razón, existe un procedimiento para que los contribuyentes puedan solicitar compensación, aunque se traten de tributos distintos, conforme la RG 1658/2004.

Pero, lamentablemente, sigo creyendo que la compensación no es admisible como excepción en una ejecución fiscal; se puede solicitar compensación en sede administrativa, pero no en sede judicial. El juez de la ejecución no podría estudiar la procedencia de una compensación de tributos, excede en mucho el margen de conocimiento de un proceso ejecutivo.

De todos modos, tantearía al mandatario fiscal con el tema, a ver qué dice.

Saludos.
 #369590  por ferchulin
 
si tenes razon, como excepcion no. unicamente la opuse pero no como excepcion, por que me lo iban a rechazar!!!
En cuanto a QUE SOLO SE PUEDE HACER EN SEDE ADMINISTRATIVA, ESTUVE LEYENDO FALLOS Y SE PUEDE EN JUDICIAL, PERO TAMBIEN CREO COMO VOS, QUE EXCEDE EL MARCO DEL JUEZ, UN TEMA TAN ESPECIFICO, ASI QUE BUENO TE CONTARE COMO ME FUE.. CUANTO TENGA EL TRASLADO.
MUCHAS GRACIAS PR TU AYUDA!!ME FUE MUY UTIL! SALUDOS