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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #369747  por Esperanza1
 
Necesito un modelo de demanda de repeticion contra la afip, ya que se produjo un despido por mutuo acuerdo y me retuvieron el impuesto a las ganancias sobre ello y quiero reclamar.
 #373584  por turiddu
 
Estimada Esperanza:

A los fines de encarar la eventual demanda de repetición te sugiero la atenta y detenida lectura del Dictamen Nº 72/2002 de la Dirección de Asesoría Legal - máximo órgano asesor del Ente Fiscal - pues la procedencia de la acción se encuentra supeditada en la medida que la cifra abonada al otrora trabajador no supere el monto de la indemnización que le correspondería por antigüedad. Un fraternal abrazo. Turiddu:.
 #374061  por Esperanza1
 
Gracias, te hago una pregunta, tenes algun modelo o dato que me sirva a como encarar la demanda de repeticion, y se paga tasa de justicia , cuanto? Desde ya gracias
 #374065  por Esperanza1
 
Muchas gracias, te hago una consulta, tendrás algun modelo de demanda de repeticion o algun dato que me sirva acerca de como encarar la demanda, y se paga en este proceso (te recuerdo: demanda contra la afip por retencion del impuesto a las ganancias en un despido por mutuo acuerdo) tasa de justicia, cuanto? Desde ya gracias.
turiddu escribió:Estimada Esperanza:

A los fines de encarar la eventual demanda de repetición te sugiero la atenta y detenida lectura del Dictamen Nº 72/2002 de la Dirección de Asesoría Legal - máximo órgano asesor del Ente Fiscal - pues la procedencia de la acción se encuentra supeditada en la medida que la cifra abonada al otrora trabajador no supere el monto de la indemnización que le correspondería por antigüedad. Un fraternal abrazo. Turiddu:.
 #398325  por mariana0127
 
Estimada:
no hay que pagar tasa de justicia si el planteo de repetición se da dentro de la Afip; eso recién se paga se si inicias un proceso judicial. El recurso de repetición debe ser presentado en Formulario 206/1. Ahí expresas que reclamas, fundamentos de hecho y de derecho más la prueba documental.
 #753820  por novatotal
 
Buenas noches colegas, yo tengo un caso parecido...
Despido sin causa, le pagan 16 años de antiguedad etc, viendo la declaracion jurada noto que le descontaron 32.000$ de impuestos a las ganancias ese año 2007.
El señor ganaba 5600 pesos mensuales, 70 y pico al año contando el SAC, me parece que al liquidar la indemnización le retuvieron mal, por dejar de lado el inc I del art 20 de laley del impuesto e hicieron el impuesto tomando como base el sueldo menos las cargas etc pero sumando la indemnizacion, sino no dan los numeros 70 mil y 32 mil de donde salieron.
Alguna ayuda de como encarar esto? me bajo el formulario 206/1 que indicaron mas arriba?
Que documental necesito ?
Gracias! Saludos desde Rosario.
 #762804  por mariana0127
 
Capaz que ya sea tarde, pero recién veo tu pregunta: presentas el formulario que mencionamos arriba que se saca de la pagina de afip más documental que acredita los pagos o de donde consideras que se retuvo y que da lugar a la repetición.
 #766289  por novatotal
 
Nunca es tarde, venia pateando hasta tener mas ideas, muchas gracias!Le retuvieron 32.000 pesos de imp. a las ganancias, el señor ganaba 65.000 al año, pero ese año lo echaron y tomaron como base impositiva los 190.000 a los que se iba el total, teniendo en cuenta obvio el despido por antigüedad de 16 años.

Me parece que va a proceder. Con decir que esta mal hecho alcanza? o debo rehaberlo y acomparla la liquidacion? Muchas gracias! Mariano
 #768577  por novatotal
 
Asi es, es un claro error de liquidacion entiendo yo, si un sujeto tiene ingresos anuales de 70 mil pesos normalmente y de golpe 190, y ahi le retuvieron 32.000, es obvio que tomaron esa base que no deberian haber tomado, la semana que viene presento el multinotas impositivo haber que me dicen, despues les cuento. Gracias!
 #768617  por molinag
 
novatotal escribió:Asi es, es un claro error de liquidacion entiendo yo, si un sujeto tiene ingresos anuales de 70 mil pesos normalmente y de golpe 190, y ahi le retuvieron 32.000, es obvio que tomaron esa base que no deberian haber tomado, la semana que viene presento el multinotas impositivo haber que me dicen, despues les cuento. Gracias!
Inc i) art 20, ley impuesto a las ganancias.... (antiguedad)...