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  • Duda sobre pago salarial

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #36991  por karlita1979
 
Hola, les comento mi situación: trabajaba en una empresa como pasante pero se me está por vencer el contrato y me ofrecen trabajar la jornada de 8 horas, donde no está incluído el tiempo para el almuerzo, me dicen que me dan 1/2 hora (a las 13hs) pero que no me la pagan.

En realidad yo estaría asistiendo 8,5 horas diarias pero me pagan sólo 8 horas, sin embargo me aclaran que ante cualquier imprevisto, yo debo estar disponible para lo que me requiera la empresa durante esas 8,5 horas.

Alguien me podría decir si es obligatorio pagarle la hora de almuerzo al trabajador, aunque no esté trabajando en el sentido literal de la palabra?

Esta empresa, que es del rubro de plásticos, aclaro, no sigue el convenio colectivo que existe sino que "ofrece" lo que considera al trabajador, ya que un empleado del plástico de mi categoría cobraría $1507 de básico, y a mi me ofrecen un neto de $800.

Mis compañeros que desempeñan la misma función que yo cobran $1450 pesos de salario neto y me comentan que el sueldo en realidad se "negocia" con la empresa (ellos no sabían nada del salario básico existente).

¿Existe la posibilidad de que en una negociación yo pueda plantear lo que cobran los empleados plásticos?, o sea.... tendría algún argumento legal?

Como ven, no es que yo quiera hacerme la guita ni mucho menos, pero en esas condiciones estaría trabajando por trabajar.

Agradezco sus respuestas

 #37084  por anasuar
 
Con respecto a esa media hora que trabajas "de mas": se considera que está dentro de la jornada el tiempo que el trabajador esta a disposición del empleador, que creo que seria tu caso...
Distinto es cuando el trabajador dispone de ese tiempo para si mismo, no se queda en la empresa sino que se va a su casa, sale del ambito del empleador..ese tiempo no es pago.
Estamos hablando de los famosos "breack", muchos convenios colectivos disponen un descanso diario de 15 minutos pagos. Por eso habria que ver que dice tu convenio, pero en principio mereces que te abonen la diferencia.