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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #371028  por adriana
 
Hola Foro, tengo una regulacion en un sucesorio, pero tengo la siguiente duda: mi cliente tiene que pagar el 10 % de aportes?
yo tengo que pagar otro 10 % a cargo del letrado e ingresos brutos para poder hacer la inscripcion? Es la regulacion Judicial, no hice convenio (aclaro)
muchas gracias.
Adriana.
 #371120  por adriana
 
Hola , perdon que insista, con el tema, tengo la duda, es el 10% o el 5%, el que debe pagar el cliente, el tema es que mis clientes no son muy pacientes, asi que si les paso la regulacion y les digo un porcentaje equivocado quien los aguanta!!! jaja.
por otra parte, en que casos los clietes abonan lo totalidad de los aportes? solo si hay convenio previo? para saber.
gracias
Adriana
 #371438  por Pilusa
 
A tu cargo es el 10% con deducción del jus que pagasta al iniciar a valor actual.
A cargo del cliente es el 5%.
Además, tenes que pagar vos el 3,5% de ingresos brutos.
En total se paga el 18,5% sobre el monto regulado por los conceptos antes indicados.
Suerte