Hola! Me corrieron traslado de una demanda y el demandado en autos es menor de edad. Estuve buscando pero no se como plantearlo. Tengo q contestar la demanda en forma subsidiaria?? Es un juicio de daños y el chico tiene 17 años
Veneno, tené presente que ...
Art. 46. - La persona que se presente en juicio por un derecho que no sea propio, aunque le competa ejercerlo en virtud de una representación legal, deberá acompañar con su primer escrito los documentos que acrediten el carácter que inviste.
Si se invocare la imposibilidad de presentar el documento, ya otorgado, que justifique la representación y el juez considerase atendibles las razones que se expresen, podrá acordar un plazo de hasta VEINTE (20) días para que se acompañe dicho documento, bajo apercibimiento de tener por inexistente la representación invocada.
Los padres que comparezcan en representación de sus hijos no tendrán la obligación de presentar las partidas correspondientes, salvo que el juez, a petición de parte o de oficio, los emplazare a presentarlas, bajo apercibimiento del pago de las costas y perjuicios que ocasionaren. CPCCN
(Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N° 25.624 B.O. 7/8/2002)

