Colegas me llego una consulta y quiero compartirla. Joven de 25 años, trabajaba como recolector de basura en una comuna del interior de la provincia, pero como "becario" primero (unos meses) y despues como "contratado", habiendo un decreto de esa intendencia x el contrato. Trabajando en el camion de basura tiene un accidente de trabajo y le amputan los dos pies. La ART contratada por la muni le brinda todas las prestaciones, hace de esto 6 o 7 meses. En su momento le dieron el caso a una abogada que inicio demanda contra esa municipalidad y contra esa ART en forma solidaria, x accidente de trabajo, x cosa riesgosa, x 1113 CC, x inconstitucionalidad art. 39, 21, 22 etc de la ley 24557. En la audiencia de conciiación, esto es en cordoba , comparecen y acompañan memoriales de contestacion ambas demandadas alegando la municipalidad que no hay relacion de trabajo sino contrato de locacion de servicios, que hubo culpa grave del joven y la ART contesta que ellos estan brindando sus prestaciones correctamente, que hubo culpa grave del joven y que esos arts. son constitucionales x lo tanto debe esperar un año desde el accidente y despues someterse al procedimeinto adminstrativo de las comisiones medicas, etc. La prueba ya se ha ofrecido, habiendose proveido y diligenciada alguna. Falta hacer la pericia medica y la pericia tecnica sobre el camion. Despues alegatos, vista de causa, testimoniales y sentencia. A ustedes que les parece??? El hombre hace unos dias le revoco el poder a la abogada que le inicio el juicio y ahora ha consultado con otros abogados (que oh casualidad tienen algun vinculo con la ART) que le han dicho que lo que corresponde es desistir contra la ART, accion o accion y derecho. Me vino a ver y no se que decirle. Por favor comenten algo, que riesgos corre si desiste? y si seguimos con el juiicio y yo asumo su representacion?? Incapacidad como es el tramite ante ARt??
Hecha la ley, hecha la trampa???