Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • SECLO:Plazos. Alguien sabe?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #372122  por Dottoressa
 
Hola a todos!
Mi duda es la siguiente: alguien sabe cual es el plazo para interponer demanda desde que fracasa la conciliación ante el SECLO?
Si alguien me puede ayudar, lo agradeceré mucho porque hablando con algunos colegas me dijeron 6 meses y otros 2 años, puede ser?
Muchas gracias!
 #372138  por democritus
 
El plazo para interponer demanda es el plazo de prescripción general desde que fue despedido: 2 años. Ocurre que en teoría el SECLO suspende el plazo de prescripción, si no me falla la memoria, por seis meses máximo, pero si querés mi opinión, yo no lo uso. Cuento directamente desde la fecha de despido esos dos años y trato de iniciarla antes. Evito discusiones sobre el tema.
Si se te venció y querés usar el plazo del seclo, avisá y busco más datos sobre el tema.
 #372174  por hugonox
 
Segun entiendo tiene razon democritus, hay un plenario que establecio en 6 meses el plazo de prescripcion y no de caducidad. No me acuerdo el nombre, pero es el plenario 312 de la CNAT.
Espero que te sirva.
 #372193  por Dottoressa
 
Gracias Demócritus y Hugonox por responderme!
Por lo que Uds. me dicen el SECLO extendería por 6 meses mas el plazo para interponer demanda desde el despido. Yo creía que una vez que iniciaba el reclamo ante el SECLO después había un plazo para interponer la demanda. (tal como ocurre en civil) independientemente de los 2 años que dispone la ley, pero leyendo la ley de conciliación no encontré nada.
Una vez más gracias!
 #372631  por democritus
 
Según entiendo, en civil tenés un plazo para interponer demanda y evitar de esa manera que el mediador te cobre los honorarios a vos, que iniciaste la mediación, en vez de presentarse a cobrar al expediente de las resultas del juicio (a quien aparezca condenado en costas), pero creo que no tiene nada que ver con el plazo de prescripción. Pero si estoy equivocado, agradezco corrección.
Abrazos a todos.
 #373244  por JAVIERMORA
 
Estimado: El plazo normal de Prescripcion de la accion es de 2 años, pero si antes de los 2 años se inicia SECLO este plazo se suspende por 6 meses segun Art. 257 del a LCT y art 7 de la ley 24635.
Saludos.
 #373555  por turiddu
 
Dejo a consideración un interesante debate que se ha generado en torno a la cuestión aquí examinada. A más de ello, suscribo plenamente el comentario de Dn. JAVIERMORA por considerarlo concreto y ajustado en plenitud a la normativa aplicable. Un fraternal abrazo.-

viewtopic.php?f=9&t=56299
 #378321  por alejandra1970
 
mira acabo de leer por internet ahora te paso la cámara que dicen que suspenden por 6 MESES , FALLO PLENARIO nº 132, el expediente Nº 24.827/2003 - Sala III, caratulado "MARTÍNEZ, ALBERTO c/ Y.P.F. S.A. s/ PART. ACCIONARIADO OBRERO",[/size] SI BUSCAS POR INTENET EN EL GOOGLE, PONES plazo prescripcion SECLO, TE VA A MANDAR A LA PAGINA DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE QUILMES, Y ESTA EL TEXTO DEL PLENARIO, SUERTE