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  • Autoriz para ejercer el comercio

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 #372114  por chicago
 
Hola foristas!, voy a iniciar una autoriz para ejercer el comercio ante el Reg. Público de Comercio.
El tema es que soy nuevita y nunca lo hice... y quería que me guiaran...
Tengo entendido que se presenta un escrito con patrocinio que contenga: datos personales, rubro y domicilio comercial y real, 2 testigos, fotocopia DNI con domicilio actualizado...

Alguien me puede dar una idea de como es el trámite?
Desde ya muchas gracias!
 #372360  por abogado1987
 
chicago escribió:Hola foristas!, voy a iniciar una autoriz para ejercer el comercio ante el Reg. Público de Comercio.
El tema es que soy nuevita y nunca lo hice... y quería que me guiaran...
Tengo entendido que se presenta un escrito con patrocinio que contenga: datos personales, rubro y domicilio comercial y real, 2 testigos, fotocopia DNI con domicilio actualizado...

Alguien me puede dar una idea de como es el trámite?
Desde ya muchas gracias!
Chicago, podés ver

http://www.jus.gov.ar/IGJ/guia-contenid ... _ins_a.htm

http://www.todoiure.com.ar/modelos_cont ... mercio.htm
 #372361  por abogado1987
 
Autorización para el ejercicio del comercio y emancipaciones


(Este tr&aacutemite puede ser realizado mediante procedimiento urgente y obtenerse el mismo día de su presentación. Ingrese aquí para conocer el procedimiento a seguir)

A) Formulario "F".

B) Instrumento público o privado otorgado por quienes extiendan la autorización en ejercicio de la patria potestad conteniendo:
(i) nombre y apellido, número de documento nacional de identidad, fecha y lugar de nacimiento, filiación, profesión, estado civil, nacionalidad y domicilio real de los autorizantes;
(ii) la declaración expresa de quienes ejerzan su patria potestad, de que se lo autoriza a ejercer el comercio en los términos del art. 11 del Código de Comercio; y
(iii) la individualización de la partida de nacimiento del menor.

Si la autorización no es otorgada por los padres del menor, deben relacionarse los antecedentes habilitantes de la patria potestad a favor de quien la ejerza.

Los autorizantes deben tener su domicilio real en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de la competencia registral de la Inspección General de Justicia. El menor deberá haber cumplido dieciocho (18) años y no es menester que el domicilio del menor se encuentre en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En caso de que la autorización sea otorgada en instrumento privado, se deberá acompañar copia certificada de la partida de nacimiento del menor y las firmas deber&aacuten estar certificadas judicial o notarialmente o por la Policía Federal Argentina o bien deber&aacuten ser ratificadas ante la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA (dicha ratificación se lleva a cabo en el Área Matrículas del Departamento Registral).

Si en un mismo instrumento se autoriza a mas de un menor, se acompañará un juego de copias protocolares , Tasa retributiva de servicios y Formulario "F" por cada uno de ellos.

C) Acreditar la publicación requerida por el art. 11, inc. 2, del Código de Comercio efectuada por (1) día en el Boletín Oficial.

D) Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios.

http://www.jus.gov.ar/IGJ/guia-contenid ... _ins_a.htm