Hola a todos los expertos en familia!!! Como podrán apreciar, no me especializo en el tema y de hecho nunca tuve un tema como este. Estoy dando vueltas con una insania-curatela que debo iniciar cuanto antes. Se trata de un menor (19 o 20 años) que padece una enfermedad mental grave. Su madre, ha conseguido una pensión para él, recientemente, que por cierto salió a nombre de la madre, no del menor. Ella pretende iniciar ahora la curatela en principio porque le han dicho que el trámite es largo y quiere tenerlo finiquitado para cuando su hijo cumpla la mayoría de edad.
El menor no tiene ningún bien -solo la referida pensión-
Los padres sí tienen bienes, razón por la cual, la madre, quiere estar tranquila de ser la curadora de su hijo para el supuesto de que el menor herede bienes ante el eventual fallecimiento de su esposo (padre del menor).
Las dudas son las siguientes:
1) Es procedente la curatela aunque se trate de un menor de edad?
2) Es o no presupuesto de esta acción, la existencia de bienes en cabeza del presunto insano?
Agradeceré infinitamente a quien me oriente en el tema, ya que pese a haber leído todo cuanto he tenido a mi alcance sobre el tema, no he logrado encontrar respuesta a estos interrogantes y me apremia iniciar la demanda.
Saludos y suerte
El menor no tiene ningún bien -solo la referida pensión-
Los padres sí tienen bienes, razón por la cual, la madre, quiere estar tranquila de ser la curadora de su hijo para el supuesto de que el menor herede bienes ante el eventual fallecimiento de su esposo (padre del menor).
Las dudas son las siguientes:
1) Es procedente la curatela aunque se trate de un menor de edad?
2) Es o no presupuesto de esta acción, la existencia de bienes en cabeza del presunto insano?
Agradeceré infinitamente a quien me oriente en el tema, ya que pese a haber leído todo cuanto he tenido a mi alcance sobre el tema, no he logrado encontrar respuesta a estos interrogantes y me apremia iniciar la demanda.
Saludos y suerte