Mi exmarido ha rescatado un fondo de pensiones(por jubilacion) del que es titular pero que constituye un bien ganancial como queda reflejado en la sentencia de divorcio. Está obligado a ingresarme ese 50% en bruto,( sin retencion) o una vez descontado ese 18% que le hace la entidad bancaria.
SI la cantidad bruta son 60.000€ a que tengo yo derecho ? a 30.000 ó 10.800 € ? y cuando estaria obligado a dármelo?
Muchas gracias
SI la cantidad bruta son 60.000€ a que tengo yo derecho ? a 30.000 ó 10.800 € ? y cuando estaria obligado a dármelo?
Muchas gracias