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  • Despido verbal

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #373273  por delar47
 
Estimados Laboralistas:
Caso: Mecánico, tres años en negro cobrando $250 semanales, despido verbal sin motivo (se emborrachó el dueño), reclamo verbal, el consabido ¡haga lo que quiera!.
Telegrama debe ser ACLARANDO SITUACIÓN LABORAL Y RECLAMANDO DIFERENCIAS SALARIALES Y TODO LO DEMÁS o ....?
Muchas gracias desde ya.
 #373290  por klaudia7
 
Hola, cuanto más completo sea el TCL mejor. Si es mecánico busca el CCT correspondiente por el tema de la escala salarial, no te olvides de enviar la intimación a la AFIP.
 #373311  por pablo28
 
hola, yo creo que para invocar las multas de la 24013, no tienes que manifestar que hubo despido verbal, deberías intimar en un solo TCL por registración y aclaracion de situacion laboral por negativas de tareas, y tal cual manifesto la estimada klaudia7 bien completo.
salu2
 #373412  por DAL
 
Despido verbal: shhhhhhhhhhhhh
Intimá por la 24013 sin decir nada.
Si le niegan tareas, al intentar ir, que intime dacion de tareas. Si es posible por distintos telegramas.
 #373610  por delar47
 
Muchas Gracias...y una más. ¿Es posible la intimación por negativa de tareas aunque al cliente lo hayan despedido hace 45 días y no volvió?
 #373621  por gudaco
 
Primero intimar registración formal, denunciando fecha de ingreso, haberes, horas de trabajo y lugar. Bajo apercibimiento de darse por despedido...
y entonces recien ... Saludo
 #373662  por delar47
 
Sacando de aquí y allá, confeccioné los siguiente (gracias a todos los plagiados) ¿será suficiente, demasiado o está bien? Las escalas salariales son del CCT de la UOMRA...(y no molesto más)

Ante la falta de registración de mi remuneración, INTIMO A UD. para que, en el plazo de 30 días, proceda a regularizar mi situación Laboral con mi real Sueldo Mensual de Pesos mil ciento sesenta y seis ($1.166) mayo 2006 a abril 2007; Pesos mil setecientos cincuenta y cuatro ($1754) de abril 2007 a abril 2008 y Pesos Dos mil doscientos cuarenta y cinco ($2.245) de abril 2008 a la fecha y no de Doscientos cincuenta pesos ($250) por semana, por mis tareas desempeñadas en el horario de 08 a 13 y 15 a 20 horas, en la categoría “C” Auxiliar Mecánico 3º y con fecha de Ingreso laboral del 06/2006, bajo apercibimiento de reclamar las Multas de la ley Nacional de Empleo Nº 24.013 en sus Art. 8, 10,11 y 15.-
Además INTIMO A UD, para que en el plazo de 30 días, proceda a ingresar totalmente mis Aportes retenidos de Seguridad Social, desde el mes de mayo del 2006, además mis Aportes retenidos de Obra Social , desde el mes de mayo del 2006, como así también las Contribuciones Patronales de Obra Social, desde el mes de mayo del 2006, como así también de todas las que por ley correspondieren, bajo apercibimiento de reclamar las Multas de la ley de Contrato De Trabajo Nº 20.744 en su Art. 132 Bis.-
Además INTIMO A UD., para que el plazo de dos días hábiles, realice el pago de diferencias salariales adeudadas desde el comienzo de la relación laboral -mayo 2006- a la fecha.
Además INTIMO A UD, para que en el plazo de dos días hábiles, realice el pago del SAC correspondiente a los años 2006 (proporcional),2007, 2.008 y 2009 los que no fueron pagado.
Además INTIMO A UD, para que en el plazo de dos días hábiles, realice el pago de todas las remuneraciones correspondientes a horas extras, todos los días feriados trabajados y no pagados, desde el inicio de la relación laboral.
Además INTIMO A UD, para que en el plazo de dos días hábiles, realice el pago del periodo de vacaciones correspondientes a los años 2007, 2008 y 2.009, las que no fueron ni otorgadas ni pagadas.
Además INTIMO A UD. exhiba comprobantes legales. Art. 138, 139 y 149 LCT.
Todas las intimaciones realizadas en el presente, bajo apercibimiento de considerarme gravemente injuriado y en consecuencia despedido por su exclusiva culpa.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE INTIMADO Y NOTIFICADO. CON COPIAS AL A.F.I.P.
 #373714  por DAL
 
Mmmmmm ..... no.

Lo que se intima es a registrar LA RELACION y no la remuneración. Si esta parcialmente registrado se intima a que se registre CORRECTAMENTE la relación, en cuanto a la remuneración o la antiguedad o lo que sea.

Por otro lado la remuneración nunca fue la consignada, sino que siempre fue 250 por semana. En la carta se denuncia esta como la percibida y no la de convenio. A la hora de intimar se registre, se intima se lo haga con la remuneración legal ( la de convenio).

A la par se intima a que se paguen diferencias salariales devengadas por haber percibido menos salario que el legalmente establecido.

Respecto a vacaciones, si las mismas no se han gozado, caducan. Por lo tanto no se pueden reclamar, ya que no son compensables en dinero.

A rehacer!!!