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  • DESPIDO CON CAUSA?

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 #373899  por nat--30...
 
Hola, mi consulta es sobre que tan grave debe ser una falta para acarrear como sanción el despido.
Mi clienta (casi adolescente) truchó un certificado médico, en el sentido de que le agregó la prescripción de reposo que el médico había omitido. En el trabajo se dieron cuenta del agregado y le llegó la CD de despido con justa causa, hace ya varios días. Ella no contestó nada y fue esperando su indemnización, que obviamante no le dieron.
Más allá de estas cuestiones mi pregunta es si correspondía el despido, no habiendo nunca sido sancionada en el transcurso de la relación laboral ( 1 año y medio), y si todavia está posibilitada de hacer algo al respecto. (No contestó la CD que le llegó hace varios días)
Gracias por aportar cualquier opinión!
 #373992  por augustoius
 
Hla , en cuanto al caso planteado, me parece que no corresponde el despido, debido a que este es la maxima sancion con la que cuenta el empleador a efectos de "castigar" las inconductas del empleado, es decir tenes una serie de sanciones a saber: llamado de atencion, apercibimiento y por ultimo y ante una falta grave del empleado corresponde el despido! por justa causa.-
Yo en tu lugar mandaria TLC intimando reanudacion de tareas, despues veria que me contestan y seguiria de acuerdo a la respuesta.-
saludos.-
Augusto
 #374245  por nonbis
 
Hola. Respetuosamente, disiento con augustoius. Al momento de observar una conducta sancionable, no solo debe analizarse la gravedad de la falta sino tambien su naturaleza y que principios de la relación empleador-trabajador vulnera. Creo que adulterar un certificado médico hecha por tierra la relación de confianza, no solo de superioridad y control, sobre la que descansa el empleador. Aparte de que puede llegar a constituir un ilícito penal (creo, no soy experto en el tema, que un certificado médico es asimilable a un documento público). Si sumamos ambas circunstancias, creo que el despido está bien configurado. Esperá otras opiniones. No siempre el "cuco" es el empleador ni es el trabajador el único protegido por la ley más allá del principio "in dubio pro operario". Saludos
 #374258  por nuevito
 
La verdad es que en estas cuestiones no hay nada definido y sera el juzgado y eventualmente la Camara quienes decidan de acuerdo a sus posturas. Personalmente me parece que la sancion es desproporcionada, mas teniendo en cuenta que no hubieron sanciones previas, quiza lo razonable era una suspension.. en tu lugar probaria darle curso al reclamo. Suerte
 #374259  por martinhm77
 
Hola, con este caso me viene a la cabeza el tema de la injuria laboral... cuando una injuria tiene entidad suficiente para justificar un despido? Pues bien, cuando por la magnitud de la falta cometida, la relación de confianza se resquebraje a un punto tal que la parte que sufre la injuria considera que ya no es posible continuar la relación.-
Ahora bien, considero que adulterar un certificado médico, visto desde el punto de vista del empleador, perfectamente puede ameritar que este considere que ello es una injuria de una entidad tal que hace imposible la continuación del contrato de trabajo... ademas recordemos el principio de buena fe que debe regir estas cuestiones.-
En definitiva, no se si podrás pelearlo, quizás con el consejo de alguien de mas experiencia podrás hacer algo, pero me pronuncio a favor de la postura del amigo nonbis.-
Un abrazo.-
Martin
 #374532  por nat--30...
 
Hola, gracias a todos por los aportes, creo que me voy a inclinar por dejar las cosas como están, porque la verdad es que si yo me pongo en lugar del juez, yo misma opinaría que la injuria fue grave, capaz el juez es más benevolente que yo, pero el reclamo tampoco tiene tanta entidad como para arriesgar (un año y medio de antigüedad, sueldo mínimo), el juicio puede tornarse largo y trabajoso, y al final quizá nadie cobre un $, o termine q tener pagando mi cliente.
Gracias a todos!!!! :P