Buenas tardes. Tengo que ejecutar en Provincia de Bs. As. varios cheques. Estoy en lo cierto si puedo elegir entre el domicilio denunciado por el deudor en el Banco o el domicilio del Banco emisor? Gracias.
Así es, art. 3 ley de cheques: la competencia territorial es la del domicilio del banco girado y, subsidiariamente, a elección del tenedor, la del librador registrado en el banco.
Acá hay jurisprudencia sobre el tema posteada por Charlie: viewtopic.php?f=2&t=24261&p=140652
Saludos.