Buenas, hago una consulta recurriendo a la experiencia de algun colega solidario.
Resulta que me especializo en civil y comercial y en el dia de la fecha tuve mi primera experiencia en materia penal patrocinando al particular damnificado en un juicio oral correccional (provincia)
El tema es que me regularon unos 60 yusitos por mi impecable tarea, y mientras saboreo el habano de rigor, me preguntaba como seria el tramite mas expedito para cobrar dichos honorarios a la compañia aseguradora del condenado.
Ya que estamos mientras descorcho el shampu y llamo a algunas muchachas, redoblo la consulta respecto a una clausula de las condiciones generales de la poliza de resp. civil que la citada en garantia opuso en el juicio civil, por la cual lase hace cargo de los gastos judiciales solo hasta el 30% del monto de condena. Yo me opuse a esa clasula pero igual ¿este limite comprende tambien los gastos del juicio penal, o solo el juicio en el que se discute la responsabilidad civil? a ver si alguno sabe y lo invito al festejo.
Salu2
Resulta que me especializo en civil y comercial y en el dia de la fecha tuve mi primera experiencia en materia penal patrocinando al particular damnificado en un juicio oral correccional (provincia)
El tema es que me regularon unos 60 yusitos por mi impecable tarea, y mientras saboreo el habano de rigor, me preguntaba como seria el tramite mas expedito para cobrar dichos honorarios a la compañia aseguradora del condenado.
Ya que estamos mientras descorcho el shampu y llamo a algunas muchachas, redoblo la consulta respecto a una clausula de las condiciones generales de la poliza de resp. civil que la citada en garantia opuso en el juicio civil, por la cual lase hace cargo de los gastos judiciales solo hasta el 30% del monto de condena. Yo me opuse a esa clasula pero igual ¿este limite comprende tambien los gastos del juicio penal, o solo el juicio en el que se discute la responsabilidad civil? a ver si alguno sabe y lo invito al festejo.
Salu2