Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • ACCIDENTE IN ITINERE-PORCEN DE INCAPACIDAD

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #376176  por julietita
 
Colegas les hago una consulta. Tengo un caso de accidente laboral in itinere, mi cliente es un empleado de seguridad que tuvo un accidente cuando concurría a cumplir funciones. El vino a consultarme cuando ya le habían dado el alta, y tuvo la revisación médica en la ART, a la que concurrió sin médico de parte. El tema es que por la lesión que tuvo (fractura de tíbia con intervención quirúrgica de por medio) le otorgaron un 10% de incapacidad, por la que hicieron un ofrecimiento de $10.000.
En esta instancia intervengo, obviamente el porcentaje a primera vista es inferior, por lo que seguidamente lo hice evaluar por mi médico legista, todavía no tengo el informe. El monto me parece muy inferior, teniendo en cuenta el cálculo que establece la ley, y más cuando en un caso parecido en donde a mi clienta le dieron 0% de incapacidad logramos revertirlo otorgándole un 4.5% por lo que fué indemnizada por $9000.
Cómo me recomiendan seguir? en tanto mi cliente no quiere seguir el procedimiento al caso que obviamente implicaría un tiempo ante las Comisiones Médicas. Otra cosa, tampoco quiere ir a un SECLO porque no quiere perder el trabajo.
Cualquier aporte, más que agradecida como siempre
 #376179  por DAL
 
No es relevante que aun cliente anterior por un 4.5% de incapacidad le dieran 9.000 pesos, porque bien sabés que en la formula de calculo influyen la edad del trabajador y el sueldo percibido, dos factores que hacen variar enormemente la indemnizacion a percibir.
Fijate que en un 10% de incapacidad el tope a reclamar es 18000. Asi que hace la cuenta de cual es la indmenizacion tarifada de tu cliente y de ahí en más resolves.
 #376597  por julietita
 
Gracias por las respuestas. En cuanto a ir al SECLO no quiere iniciar acciones contra su empleador, y como sabemos también es una forma de presión contra la ART para que se pueda llegar a un acuerdo.
 #376632  por MORGAN
 
Es que no podés iniciar acciones contra el empleador. Que cobre lo que sea de la aseguradora y después del informe médico te fijás si la diferencia de incapacidad es relevante y amerita hacer un juicio. Como fue el accidente (hechos)?
 #376764  por julietita
 
Morgan, en cuanto a los hechos, cuando concurría a su trabajo en moto lo embistieron. ocasionándole lesiones en la rodilla, puntualmente una fractura en la tibia por la que fue intervenido quirúrgicamente, colocándole 5 clavos.
Actualmente y pese a que a principios de mayo le dieron el alta, todavía tiene secuelas que lo perjudican en sus labores, ya que es custodio. Por ese motivo no le asignan tantas horas extras o asignan a puestos de vigilancia.
En concreto la ART luego del alta, lo revisó y le otorgó un 10% de incapacidad. No tuvo rehabilitación posterior, es más cuando vino al estudio rengueaba y no tenia absoluta movilidad.
Gracias por cualquier comentario al respecto.
 #376788  por DAL
 
Claramente no hay responsabilidad del administrador. Pero mas allá de la ART, le podés cobrar TODO al embistente y bajo otros parametros. Por que no lo encaras pro ahi???
 #376798  por julietita
 
Dal, es cierto lo que apuntas. El tema es que quien lo embistió huyó y no se puede seguir ningún reclamo.
Igualmente, quiero agradecer la solidaridad con la que contestaron a mi inquietud.
Seguramente el reclamo se perfilará en discutir el porcentaje de incapacidad.
Saludos colegas