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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #372040  por romi19
 
Hola, recién estoy dando mis primeros pasos y quisiera me orienten un poco. Cuánto se está cobrando la consulta aproximadamente y cuanto se puede pedir para iniciar un juicio civil por daños y una sucesión .Gracias.
 #372169  por chiqui79
 
depende de donde estes???? provincia??? fijate la ley 8904. en cuanto al inicio tene en cuenta en la sucesion los edictos y el informe al Registro de Juicios Universales, ius, bono ley, tasa de justicia por monto indeterminado. Y luego algo que te quede para vos y los gastos del estudio.
saludos
 #377441  por leon2412
 
Hola doc: la consulta verbal yo la cobro $ 100 y les digo que se la tompo como pago del futuro gasto de inicio del juicio que me dara y que sino quedará solo como consulta verbal (asesoramiento juridico). Al dec.ley 8.904/77 yo no le doy mucha importancia de lo contrario me amargaria.
Para iniciar un daño y pjs. no te olvides de la tasa y la sobretasa salvo que metas el BLSG q es lo q se hace siempre q se puede.
A vos sacando los gastos que todos sabemos (jus, bono verde, tasa, s/tasa) te tiene que quedar no menos de $ 400. Salvo que sepas que el daños es contra alguien q está asegurado y q el daño es facilmente comprobable en cto. a su gran cuantia pecunaria; entonces invertis para luego sacar una buena suma; de lo contrario si no vale la pena entonces sacudile de forma tal que te quedo como minim o $ 400.
Los daños y pjs. que tomes tienen que minimamente ser de un monto de $ 50.000 y 100 % comprobable nada de daño moral y esa giladas. estamos en Argentina aca no se paga más de $ 2.000 el daño moral y estoy exagerando.
El mismo consejo vale para todo tipo de juicio.