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  • Alimentos ¿capital o pcia?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #377537  por Nattalia
 
Estimados/as:

Me llegó una consulta de una mamá que tiene un nene discapacitado y quiere tramitar alimentos.
Como ella vive en capital, averigüé con un mediador para iniciar los alimentos en cap., pero el mediador me dijo que al vivir el papá en pcia (San Martín) debía iniciar los alimentos allí, a no ser que el último domicilio conyugal sea en capital.
Le pregunté a la mamá (ellos eran concubinos) y me dijo que tiene el contrato de alquiler de la casa de capital, suscripto por los dos.
Mi pregunta es: el contrato puede servir como prueba del último domicilio conyugal e iniciar alimentos en capital o debo iniciarlos en provincia?
Desde ya, muchas, pero muchas gracias!!!
 #377723  por diegogvillamayor
 
los alimentos tramitan en el domicilo del menor.
si queres lo podes llevar al del demandado, pero en gral tramitan donde vive el menor.
no tenes que acreditar nada, solo denuncias los domicilios en la planilla correspondiente y listo.
el tema de acreditar domiclios es para la demanda si no podes notifiar y lo vas a hacer bajo responsabilidad.

saludos.