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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #37673  por vanesa martinez
 
es mi primer demanda laboral y quiero saber si a la testimonial la tengo que ofrecer en la demanda o posteriormente y cuales son las ventajas en cada caso

 #37704  por Alejandrina
 
Hola Vanesa: La prueba debe ofrecerse en el escrito de inicio (demanda). Sos de cap o pcia?

 #37718  por vanesa martinez
 
Soy de Rosario, Pcia de Santa Fe, en realidad lo que preparo es una contestación de demanda.

 #37737  por diegogvillamayor
 
la verdad desconosco la ley de procedimientos de santa fe, peo siempre se pone toda la prueba en la demanda o la contestacion.
A veces podes adjuntar los pliegos o las preguntas en el dia de la audiencia media hora antes, pero aca en prov de bs as en lo laboral la absolucion la acompañas en la demanda o contestacion. y las preguntas a testigos el mismo dia de la audiencia 1/2 hora antes.

saludos

Consejo, lee la ley de procedimietno laboral de tu provincia.

 #37753  por vanesa martinez
 
Gracias por tu respuesta, a la ley de procedimiento ya la estuve estudiando pero al respecto no dice nada, también leí doctrina que ne aclaro bastante la cuestion solamente que yo no conforme averiguo de todos lados posibles.

 #37762  por GU
 
Son distintos los supuestos de demanda y de contestacion de demanda.

En tu caso, contestacion de demanda, los testigos los tenes que ofrecer en el mismo escrito. Si no los ofreces en esa oportunidad, perdes esa prueba.

En Capital, en el caso del escrito de la demanda es distinto, ya que primero se puede entablar la demanda y ofrecer la prueba despues de contestada la demanda. De esta manera, no se le muestra a la otra parte cuales son los medios de prueba que se van a utilizar.

Salutes
 #37778  por Ishtar
 
vanesa martinez escribió:es mi primer demanda laboral y quiero saber si a la testimonial la tengo que ofrecer en la demanda o posteriormente y cuales son las ventajas en cada caso
Vanesa, hola, te aconsejo que leas el código de procedimiento "LABORAL" de tu provincia, a fin de ver el momento oportuno de ofrecer la prueba...
Si no lo conseguis, (seria raro) anda a la biblioteca de tribunales o Colegio de abogados y pedilo,
Y si no lo encontras andate a un juzgado laboral y pregunta cuando se ofrece la prueba.

PD. a modo de ejemplo te digo que en mi pcia que no es la tuya no se ofrece con la demanda ni con la contestacion sino cuando se habre a prueba la causa...