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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #377620  por xxime78
 
Estimados colegas: Una persona tubo un accidente en su lugar de trabajo y fue atenfifo por su art, ahora bien, mi pregunta es la siguiente la art, ya le dio el alta medica, y mi cliente desde este martes comienza a trabajar.- Yo tengo en mi poder el alta medica que le otorgo la art, y no tiene ningun grado de incapacidad. Yo queria solicitar un seclo solo a la art ya que el trabajador sigue trabajando para la empresa y no quiere hacerle nada a la empresa, yo puedo solicitar un seclo??? solo a la art???, estoy llenando el formulario de inicio de tramite y en ningun lugar tengo opcion de colocar lkos datos de la art, o tengo que colocar los datos del empleador, o donde dice empleador coloco los datos de la art?? la verdad no se como hacerlo, ayuda muchas gracias.
 #377623  por MORGAN
 
Para que vas al Seclo?
 #377624  por xxime78
 
Morgan un colega me dijo que vaya igual al seclo a reclamarle a la art , ya que solo en el alta medica dice que tiene lumbalgia de esfuerzo, este colega me dijo andate a un seclo contra la rt, y haya te fijas que hacer?? vos que me decis??
 #377681  por DAL
 
Y vas a pescar????
En general tenes que hacer un reclamo, y saber que reclamar. Si te mandás así vas a hacer un papelon vos como profesional.
 #377779  por xxime78
 
Por supuesto DAL, el reclamo es quea mi cliente le dieron el alta medica y aun tiene dolores, osea que no le han solucionada el problema. por eso vamos al seclo.
 #377794  por Catita_1
 
Creo entender lo que dice Dal, es que reclamo se llama a un intercambio, entonces si tu cliente no quiere tocar a su empleador, al SECLO, no, menos sin interc, ni informe de medico legista, lo que deberias hacer es que tu cliente se presente ante la Comision por divergencia en el alta medica.
Si me equivoco me lo hacen saber, mis anteriores colegas, esp. en el tema. :roll:
 #377796  por DAL
 
xxime78 escribió:Por supuesto DAL, el reclamo es quea mi cliente le dieron el alta medica y aun tiene dolores, osea que no le han solucionada el problema. por eso vamos al seclo.

Por eso no se hace un reclamo en el SEclo, primeramente se cuestiona el alta en la superintendencia, más si son solo dolores (normales luego de un accidente) y no parece ser una secuela muy seria.
 #377797  por DAL
 
Bien CAtita!!! me mandé sin leer!
 #377808  por Catita_1
 
Gracias, algo retengo, pero no me presionen :lol:
 #377819  por Amorina
 
Si al cliente le dieron el alta, y él continúa con afecciones (ya sea dolores o alguna patología mayor), lo que se cuestiona es el alta, a través de una apelación del alta ante la Comisión Médica. Lo ideal sería averiguar si le han quedado secuelas. Por lo general las ART no te dan incapacidad en los casos de lumbalgia. Siempre dicen que son preexistentes, o que el accidente sufrido no tiene entidad para provocar la enfermedad que sufre la persona., en los casos de discopatía, por ejemplo. Te recomiendo que primero apeles el alta, manifestando la persistencia del malestar, y que, mientras tanto, tu cliente te traiga un diagnóstico médico en el que diga si le quedó alguna secuela, y cuál sería el tratamiento adecuado.
 #378501  por estudiodeabogada
 
hola colegas, tengo un caso parecido sólo que la art. directamente lo derivo a la obra social diciendo que se trata de enfermedad preexistente, fue a la comisión médica y confirman la medida, que me aconsejan presento un recurso Ante la comisión central? tienen algún modelo? gracias
 #378619  por DAL
 
Mnnn no, a la comision médica no me parece recomendable. Si crees que tenes razón iniciá demanda, fijate si tu medico de parte te avala, y si al cliente le hicieron examen pre ocupacional.
 #378657  por Amorina
 
estudiodeabogada escribió:hola colegas, tengo un caso parecido sólo que la art. directamente lo derivo a la obra social diciendo que se trata de enfermedad preexistente, fue a la comisión médica y confirman la medida, que me aconsejan presento un recurso Ante la comisión central? tienen algún modelo? gracias
Yo tampoco te recomendaría la vía administrativa. Hay muchos antecedentes de inconstitucionalidad del procedimiento ante estos órganos. Si tenés alguna evaluación médica que te confirme discapacidad, y si no tiene examen preocupacional o, si teniéndolo, no demuestra preexisencia, yo me mandaría por la vía ordinaria, ante un Juzgado laboral, extrasistémico, que le dicen. Tengo modelos, pero pasarlos por acá es imposible, porque son re largos!!!!!
 #378748  por estudiodeabogada
 
te explico, este hombre tuvo la misma lesión hace dos años, o atendió una art, lo operaron y le dieron incapacidad del 3,5%, le dan el alta vuelve a trabajar a la empresa, esta cambia de art, el me dice que le hicieron una revisación muy por arriba, es mas el manifesto lo de la operación pero no le hicieron ningún estudio, dos años despues vuelve a tener a misma lesión en la rodilla y en este caso la art, se desliga dice que se trata de una enfermedad inculpable, preexistente, y lo deriva a la obra social, la comisión médica dice lo mismo. Te parece que inicie demanda laboral ante la ultima art? la primera tendría alguna responsabilidad? coo averiguo sobre el preocupacional. Si tenes modelos podrías mandarmelos a traves del perfil? Mil gracias